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BBS Abogados, conseguimos nueva Sentencia declarando la NULIDAD DE UN SWAP de CAIXA GALICIA, por el que deberán devolver al cliente más de 30.000 Euros que abonó, por la mala comercialización del producto como un ‘seguro de tipos de interés’ sin riesgo.

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Se trata de uno de los productos más problemáticos que comercializó la antigua CAIXA GALICIA: los (mal) llamados «Contrato de Cobertura sobre Hipoteca». O lo que es lo mismo, un SWAP, (también denominado ‘permuta financiera de tipos de Interés’, ‘IRS’, derivado financiero, etc).

Un producto que la entidad comercializó de forma inocua y sin riesgos a los clientes que pretendían suscribir una HIPOTECA con la entidad, bajo la apariencia de lo que ellos mismos denominaban un «seguro para los tipos de interés», sin gastos ni comisiones.

Lejos de la realidad, el producto no hizo más que devengar liquidaciones, en forma de cuotas periódicas mensuales que los clientes debían abonar aparte de sus préstamos hipotecarios. De esta forma, mientras que algún cliente abonaba por su Hipoteca una cuota de unos 600 Euros mensuales, era habitual que junto con dicho recibo, tuviera que hacer frente al recibo del SWAP, que podía oscilar entre los 400 y los 1200 Euros (dependiendo del importe nocional al que se hubiera referenciado el Contrato).

Son miles y miles los afectados por la mala comercialización de este producto, que incluso a la fecha desconocen que pueden reclamar por ello. Y son aun miles, los que siguen abonando dichas cuotas, puesto que en numerosas ocasiones los clientes siguen atados a este Contrato, hasta el año 2016, e incluso 2019 o 2020.

En esta ocasión, la justicia nos ha vuelto a dar la razón, declarando la nulidad del Contrato SWAP suscrito: Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sant Boi de Llobregat, en fecha 6 de junio de 2017, la cual termina fallando el siguiente literal:

«FALLO

Se estima la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. ——— en representación de D. FRANCISCO JAVIER ———— contra la entidad bancaria ABANCA CORPORACIÓN BANCARIA SA representada por el Procurador de los Tribunales Dª. —- y asistido por el Letrado D. ———– y en consecuencia:

1.- DECLARO LA NULIDAD de los dos contratos denominados “Contrato Cobertura sobre Hipoteca” celebrados entre las partes en fecha 27 de julio de 2007 y 24 de abril de 2009.

2.- CONDENO a ABANCA CORPORACIÓN BANCARIA SA a pagar a la parte actora la suma de 27.657,64 euros más los intereses legales desde cada uno de los cargos efectuados, cantidad que será aumentada o en su caso minorada con las sumas abonadas en las liquidaciones practicadas desde la interposición de la demanda que ha dado lugar a este procedimiento.

3.- CONDENO a ABANCA CORPORACIÓN BANCARIA SA al pago de las costas causadas en este procedimiento«.

Consultenos si es su caso particular.

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