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CONDENAN A BANKIA A DEVOLVER A UNA PERSONA MAYOR TODO EL DINERO QUE LE COLOCARON EN OBLIGACIONES SUBORDINADAS DURANTE CINCO AÑOS

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BBS Abogados ha conseguido una nueva victoria ante el Juzgado de Primera Instancia 8 de Mataró. El Tribunal ha declarado la nulidad de siete contratos de adquisición de obligaciones subordinadas que colocaron a una clienta de perfil inversor conservador, con estudios básicos y de oficio planchadora, de forma continuada desde el año 2006 al año 2011.

El Juzgado considera que si bien se realizaron contrataciones sucesivas en el tiempo, el hecho de que la clienta hubiera adquirido obligaciones subordinadas con anterioridad no supone que conociera los riesgos y características del producto si tampoco la Entidad le informó correctamente de los mismos.

En la sentencia se remarca que aunque algunos contratos fueron celebrados antes de la entrada en vigor de la Normativa Mifid que obliga a las Entidades a realizar un Test de conveniencia del producto ofrecido, ello no eximía  a la Entidad de cumplir con sus deberes de información. Además de que el Tribunal considera acreditado que la realización del Test es un mero trámite  porqué las contrataciones se hubieran producido de todos modos.

También se indica que las cláusulas de los contratos de órdenes de compra en las que la clienta manifestaba que conocía los riesgos y características del producto y que había recibido el Folleto con las características de la emisión nada prueba sobre la información que efectivamente le prestó la entidad ni sobre el conocimiento real que la clienta pudiera tener del producto.

El Tribunal también considera probado que en las diferentes contrataciones existió una labor de asesoramiento por parte de la Entidad que actuó como emisora y vendedora de las obligaciones subordinadas y que sirviéndose de la confianza de la clienta, que tenía aperturada una Libreta de ahorros desde el año 1999, aprovechó para colocarle este tipo de producto arriesgado.

La sentencia también pone de relieve que los empleados de la Oficina no conocían que producto estaban vendiendo por cuanto pensaban que era de capital garantizado, que tenía liquidez y que el dinero era disponible en dos o tres días. Y es que además las fichas que daban a los empleados con explicaciones de éste producto también se indicaba que no se perdía el nominal.

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