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CONDENAN A DEVOLVER LOS GASTOS OCASIONADOS POR LA CLAUSULA SUELO Y LOS GASTOS DE UNA HIPOTECA CANCELADA, ASÍ COMO AL PAGO DE LAS COSTAS.

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El Juzgado de primera instancia nº 10 de Santander ha condenado al Banco, a devolver a una clienta más de 16.000 euros, así como al pago de todas las costas del proceso, al considerar abusivas la cláusula-suelo de la hipoteca, ya cancelada, y la cláusula que atribuye a la demandante de forma «indiscriminada» todos los gastos de constitución de la misma.

La sentencia, estima parcialmente la demanda de la titular de la hipoteca, y condena a la entidad a devolver 15.936 euros por la cláusula suelo; y 407 euros por los gastos derivados de la subrogación de la hipoteca, formalizada en diciembre de 2008 y que se encuentra cancelada. La única parte de la demanda que no acepta el juez es la reclamación de los gastos relacionados con la compraventa de la vivienda – y es por ello por lo que no reclamamos tales cantidades-.

 Resultado de imagen de icono flecha La entidad alegó, entre otras cuestiones, que el préstamo ya estaba cancelado a fecha de la demanda y que la titular había convalidado tácitamente la validez de ambas cláusulas al haber abonado en su día los gastos «sin protesta» y no haber reclamado durante «tanto tiempo».

Resultado de imagen de icono flecha La demandante, por su parte, alegó que la cláusula suelo «relativizaba enormemente» la consideración del préstamo como de interés variable, pues garantizaba a la entidad la percepción de intereses a un tipo mínimo con independencia de la fluctuación del euribor por debajo de ese tipo mínimo.

El juzgado falla a favor del afectado alegando que la entidad incumplió el doble control de transparencia y no informó adecuadamente a la clienta del contenido de la cláusula suelo y su incidencia económica.

De hecho, el juez ha impuesto al banco una multa de 1.000 euros por mala fe procesal, por no responder a dos requerimientos para identificar al empleado y favorecer su declaración.

Mientras la entidad pedía que la reclamación se considerase prescrita en cuanto a las cantidades cobradas hace más de cinco años, el magistrado estima la pretensión de la demandante que reclamó la retroactividad plena de los efectos de la declaración de nulidad de la cláusula suelo, y en consecuencia, la restitución de todas las cantidades indebidamente percibidas en aplicación de la misma.

 

Desde BBS ABOGADOS observamos como el pronunciamiento sobre la devolución de cantidades en una hipoteca cancelada es lo más relevante de la sentencia y animamos a los afectados a emprender acciones judiciales.

Si quiere información sobre la reclamación de los gastos de constitución de hipoteca contacte con nuestro despacho y estudiaremos su caso.

 

Fuente:www.20minutos.es

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