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El Juzgado 50 de Barcelona que trata los asuntos de clausulas abusivas, en colapso y sin fechas de juicios.

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El juzgado de primera instancia que centraliza las reclamaciones por cláusulas abusivas de la hipoteca en la provincia de Barcelona ha dejado de señalar fechas para la celebración de nuevos juicios ante la acumulación de trabajo, ya que la lista de espera supera el año de duración.

El Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) reivindica y denuncia la situación actual del Juzgado de 1ª Instancia 50 de Barcelona, que la pasada semana comunicó que no señalará más juicios de acuerdo con el artículo 182.2 y 4 LEC, hasta que el juez titular Miguel Ángel Chamorro modifique las instrucciones que recoge un acuerdo gubernativo que decía: “No señalar más allá de un año vista (…) a la espera de que se afronten medidas de refuerzo para este juzgado”. Así, este tribunal ha tomado esta decisión mediante dicho acuerdo organizativo, en el que se instaba al personal a no señalar nuevos juicios cuando la lista de espera fuera superior a un año hasta que llegaran medidas de refuerzo.

En virtud de ellos, las diligencias de ordenación actuales de dicho Juzgado apuntan que: «No es posible efectuar a día de hoy y mientras no se modifique dicho Acuerdo Gubernativo, señalamiento alguno en este procedimiento, conforme al artículo 182.4 LEC, vista la prohibición contenida en los criterios e instrucciones dados por este magistrado».

 

El juzgado encargado de centralizar las reclamaciones bancarias en la provincia de Barcelona citaba para el año 2020.

 

Este juzgado es uno de los 54 de toda España que fueron creados en junio de 2017 para resolver litigios relacionados con abusos bancarios en el ámbito hipotecario ante la previsión de un alud de demandas contra las cláusulas abusivas. Decisión que, como se observa, fue muy desafortunada, puesto que provoca que se dilaten los procedimientos para los consumidores y se favorezca el colapso. De hecho, las estadísticas sitúan al juzgado barcelonés como uno de los más saturados de España.

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La consecuencia de este hecho es que aquellas personas que presenten demandas por cláusulas abusivas deberán esperar al menos un año para la celebración del juicio, teniendo en cuenta además que ya llevan un año esperando para que su demanda sea aceptada a trámite, por lo que llegan a  prolongarse entre dos y tres años.

El Il·lustre Col·legi de l’Advocacia de Barcelona (ICAB) denuncia en su informe anual la saturación que padecen los juzgados creados de forma específica para resolver las demandas de los consumidores sobre las cláusulas hipotecarias, entre los que se encuentra el Juzgado 50 bis de Barcelona. En dicho informe se posiciona en contra de la prórroga y apuesta por volver a descentralizar las demandas por cláusulas abusivas entre todos los juzgados de primera instancia lo que, a su parecer, permitiría acortar los plazos y resolver los asuntos en un periodo de entre tres y seis meses. Otra de las medidas que propone es derivar las reclamaciones por la vía extrajudicial y apostar por la mediación.

La jurisprudencia que se aplica tras el fallo del tribunal europeo está clara y los procedimientos son de poca complejidad, como lo demuestra el hecho que el 98,3% de las sentencias que se dictan son favorables al consumidor. Sin embargo, todo el proceso se dilata ante el aluvión de demandas que reciben los juzgados y los pocos recursos con los que cuentan

fuentes: https://www.larazon.es; https://www.lavanguardia.com; https://www.abogacia.es/ http://www.icab.cat

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