Un nuevo golpe hacia las Hipotecas IRPH. Esta vez ha sido un Juzgado de Castellón el que declara la nulidad del IRPH y condena a la entidad Caixabank a devolver el dinero cobrado de más a los clientes desde el inicio del préstamo.
Sentencia dictada en fecha 23 de mayo de 2016.
El Cliente, tras la Nulidad de la Cláusula IRPH tendrá un préstamo con estas características:
- Nulidad del IRPH – Sustitución Euribor SIN Diferencial
- Devolución desde el inicio del perjuicio que ha causado la cláusula a los clientes.
- Condena en Costas al Banco, por lo que los clientes recupera todos los gastos de abogado, procurador y perito.
Entre las afirmaciones contundentes que se realizan en la Sentencia podemos extraer las conclusiones siguientes:
- La Cláusula IRPH, es una cláusula impuesta, no negociada. Corresponde al banco la carga de probar que se produjo tal negociación individual.
- La información transmitida en la propia cláusula es deficiente impidiendo al consumidor el conocimiento de que se trata de una condición esencial. Se inserta en el contrato sin separación de las demás cláusulas sin resaltar en modo alguno su existencia.
- No se realiza ningún ejemplo o simulación para que el consumidor pueda conocer el funcionamiento de la cláusula y trascendencia jurídica y económica.
- Se trata de una cláusula abusiva porque no ha sido negociada por las partes.
Cada vez son más los Juzgados que declaran la nulidad del IRPH y condenan a las entidad a devolver a los clientes el dinero pagado de más por culpa de la misma.
Desde BBS Abogados podemos ayudarle a conseguir una Sentencia favorable a sus intereses. Si necesitan información no duden en contactar con nosotros.