La Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 1ª, nos da la razón de nuevo en un caso de mala praxis bancaria en la comercialización a una mercantil de una permuta financiera de tipos de interés o SWAP, mediante Sentencia de fecha 11 de mayo de 2015.
En el presente caso, como en muchos otros, la entidad no cumplió con los requisitos establecidos en la normativa del Mercado de Valores, en relación con la información pre contractual que debía entregar al cliente.
Tampoco realizó el llamado Test de la Idoneidad y de la Conveniencia, lo cual supone, según ha manifestado el propio Tribunal Supremo, una presunción de la existencia de error del cliente en el momento de la contratación.
Os dejamos a continuación la Sentencia: