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LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA SIGUE ANULANDO COMPRAS DE VALORES SANTANDER

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La Audiencia Provincial de Barcelona sigue anulando los contratos de adquisición de los Valores Santander. A continuación resumimos algunas de las Resoluciones más recientes:

Sentencia de la Sección 19, de fecha 10 -04-2018: 

  • Desestima que la acción esté caducada como sí lo establece el Juzgador de Primera Instancia. Sustenta que el plazo de los cuatro años no puede empezar a contar hasta que los clientes no tienen datos evidentes de que contrataron un producto complejo. Fija el inicio del plazo en el momento de la conversión obligatoria de este producto a acciones ( octubre 2012)
  • Los Valores Santander son un producto complejo por la similitud que guarda con  otro producto muy similar comercializado por Banco Popular que el Tribunal Supremo calificó como complejo
  • La tenencia de imposiciones a plazo fijo, obligaciones subordinadas de otra Entidad, o seguros son prueba de que los clientes conocieran la naturaleza arriesgada del producto
  • No existe información pre-contractual y el Banco no ha acreditado la entrega del Tríptico informativo al no constar la firma de los clientes en éste documento. No se tiene en cuenta la declaración del testigo que afirma haberlo entregado por cuanto esta afirmación no se puede corroborar con el documento.
  • Explica el principal riesgo de los Valores Santander. Da por acreditado que el Banco no explicó este riesgo al cliente, UNA MERCANTIL.  Lo expresa de la siguiente manera: «el riesgo de la inversión dependía del valor de las acciones en el momento de la conversiónpues el valor de referencia no era el de la cotización en el momento del canje, sino el precio previamente determinado por referencia al momento de la emisión. Si en el momento de la conversión la cotización de la acción fuera superior a esos 16,04 euros (o el precio que resultó tras haberse producido una ampliación de capital), el inversor ganaba dinero pues adquiría acciones a un precio más bajo que el de mercado; si, por el contrario, el valor de la acción fuera inferior al precio indicado, el inversor perdía dinero porque entonces recibía acciones a un precio superior al de mercado. Esto último fue lo que sucedió, por la caída general de las cotizaciones durante los años de crisis económicade modo que el día 4 de octubre de 2012, al producirse la conversión forzosa de los valores en acciones a la cotización predeterminada, el precio inicialmente fijado (que por sucesivas ampliaciones de capital había quedado minorado a la suma de 12,96 euros) resultó muy superior al de la cotización de las acciones en el mercado.»

Sentencia de la sección 17, de fecha 02-03-2018: 

  • Reprocha a Banco Santander que comercializara el producto como de riesgo medio, según su calificación como «producto amarillo», cuando se trataba de un producto que no garantizaba la recuperación del capital invertido en el momento de la conversión en acciones, debiéndose de calificar como «producto rojo» según el sistema propio de calificación del Banco.
  • En el Típtico informativo no consta el nivel de riesgo del producto ni la posibilidad de perder el nominal de la inversión
  • Existió una labor de asesoramiento financiero por parte del Banco quien seleccionó a los clientes para ofrecérselo.

Sentencia de la sección 17, de fecha 23 de febrero de 2018: 

  • El Banco no solicitó la declaración de los clientes por lo que no pudo valorarse su declaración. Tampoco se ha podido valorar la declaración del testigo por cuanto no intervino en la comercialización de los Valores Santander.
  • No se recabó información sobre el perfil de los clientes ni se los calificó en uno de los grupos de clientes que se especifican en el Manual Interno de Procedimientos del Banco.
  • No se informó en la fase pre-contractual y no se puede tener en cuenta la advertencia contenida en los contratos de que los clientes conocen los riesgos del producto cuando el Banco no lo ha acreditado.

 

Si eres un cliente afectado por la compra de bonos obligatoriamente convertibles en acciones ( Bonos Popular, Valores Santander, …), puedes llamar al 937605377 y recibir más información.

 

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