BBS ABOGADOS, y Arcadi Sala-Planell, tienen la satisfacción de comunicar que hemos ganado la 1ª Sentencia dictada por un Juzgado de Barcelona a favor de un Autónomo contra Banco Popular, declarando la nulidad de un contrato de Swap y la nulidad de las liquidaciones.
A partir de ahora esta Sentencia puede abrir el camino para que sean estimadas más demandas de nulidad por el contenido de los razonamientos de la resolución y por la importancia del Juzgado (Barcelona)
1ª Sentencia de Swaps dictada y ganada en los Juzgado de Iª Instancia de Barcelona y la 2ª de Catalunya (la primera es del Juzgado de Amposta) . Hay 2 más favorables pero son del Juzgado Mercantil de Girona. Pero ahora se trata de Barcelona y Iª Instancia.
Resumen de la Sentencia:
– La formula para el calculo de la liquidación no puede ser conocida por una persona no profesional de los mercados financieros.
– Es la entidad bancaria la que debe demostrar que informó debidamente al cliente del carácter aleatorio del contrato y del riesgo que asumía.
– La entidad bancaria tampoco ha demostrado haber realizado antes de la contratación, supuestos hipotéticos en que se explica al cliente como evolucionará la cuestión según los diversos supuestos, particularmente si el índice de referencia experimenta variaciones al alza o a la baja, ilustrándole sobre el resultado final de la operación según las diversas posibilidades.
– Las formula financieras no son de fácil comprensión por el cliente si no se le advierte con toda claridad documentalmente.
– El comportamiento del Banco suena a necesidad de llenar un requisito “para conseguir integrar el paquete y acceder a la bonificación”.
– No se dio ningún tipo de información por escrito al cliente.
– El cliente entendió que había firmado un seguro sin saber nada del carácter especulativo del Swap.
Lo curioso de este caso es que la entidad bancaria obligó al cliente a suscribir una póliza de crédito para cargarle las liquidaciones del Swap. La suma de la póliza ha estado siempre en una cuenta corriente a la que no ha tenido acceso el cliente. De alguna forma se puede decir que nunca le han entregado ninguna suma de dinero puesto que la póliza se le hizo firmar exclusivamente para cargarle las liquidaciones del Swap. Más mala fe del Banco imposible!! El cliente nunca ha podido disponer libremente del dinero de esta póliza pero el Banco le ha podido cargar la liquidación del Swap.