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Abogados, Créditos con aval. Nulidad de avales
Se han obtenido varias sentencias que declaran la nulidad de avales, por considerar que se trata de una garantía desproporcionada en relación con el riesgo asumido. Atendiendo también a todas las circunstancias en las que se firmó y en los detalles del proceso.
“¿Que es el aval?”
El aval es una figura jurídica y económica. La cual se establece un compromiso de cumplimiento de obligaciones, consiste en una garantía, representada por un tercero. Este tercero asegura responder en nombre de la persona a la cual avala en caso de que esta no cumpla con los pagos establecidos de una deuda contraída.
La función fundamental de presentar un aval es una garantía para que el avalado pueda adquirir la obligación. Si el deudor principal no paga el crédito, se puede exigir la satisfacción de la deuda al avalista.
Es muy común presentar aval cuando se pide un préstamo a un banco, por ejemplo.
La regulación del contrato de fianza establece una serie de derechos que asisten al avalista o fiador.
La excusión, división y orden que modulan la situación del fiador. Este derecho consiste en la obligación del acreedor de dirigirse primero al deudor.
Contratación de un prestamo Hipotecario con Aval
Al mismo tiempo, es importante destacar la importancia de declarar la nulidad de los avales cuando éstos se realizaron mediante una información incorrecta.
Si el banco no explica al detalle las condiciones del aval o da información errónea acerca de su duración o límites, estaría incurriendo en una total falta de transparencia.
Este tipo de negociaciones opacas pueden derivar en la nulidad del aval ante los juzgados.
BBS Abogados obtenido varias sentencias que declaran la nulidad de avales, por considerar que se trata de una garantía desproporcionada en relación con el riesgo asumido.
Asesoramiento Hipotecario, responsavilidad del avalista
Cuando se contrata un préstamo hipotecario, es sumamente importante solicitar asesoramiento de un despacho especializado. Estudiar las opciones y conseguir limitar el aval para reducir la carga de responsabilidad del avalista.
Un aval puede limitarse a una cantidad concreta, podría dejar de estar activo cuando el hipotecado haya pagado el 20% o el 30% de la deuda pendiente, por ejemplo.
También puede limitarse en el tiempo, por ejemplo, a los primeros diez años. En ambos casos, es absolutamente necesario realizar una negociación con la Entidad financiera. Para garantizar que dicha negociación conste por escrito para evitar cualquier problema futuro.
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