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Reclamación de Deudas
Reclamación Extrajudicial de Deudas:
Requerimiento de pago vía burofax. En esta comunicación se le detalla al moroso el importe total del impago, ofreciéndole un breve plazo para liquidar su deuda.
Esta reclamación es muy importante a efectos de interrumpir la prescripción y, a su vez, en materia de costas. En relación con este último punto, si el acreedor interpone una demanda, en caso de que el deudor se allane en el plazo de contestación, si se había realizado una reclamación extrajudicial previa se le impondrán las costas al deudor.
En caso de no obtener respuesta ni solución satisfactoria, se tendría por agotada la vía extrajudicial, e interpondremos la correspondiente reclamación judicial.
Reclamación Judicial de Deudas:
Hay distintas vías de reclamación judicial de deudas. Depende del caso concreto, será más conveniente tomar una vía u otra.
1) Procedimiento monitorio: es un procedimiento judicial para reclamar el pago de deudas dinerarias de cualquier importe siempre que reúnan una serie de requisitos:
- Tratarse de una deuda dineraria, líquida, determinada, vencida y exigible.
- Que la deuda se acredite de alguna de las formas siguientes:
- Documentos que aparezcan firmados por el deudor o con su sello, impronta o marca o con cualquier otra señal, física o electrónica.
- Mediante facturas, albaranes de entrega, certificaciones, telegramas telefax o cualesquiera otros documentes que, aun unilateralmente creador por el acreedor, sean de los que habitualmente documentas los créditos y deudas en relaciones de clase que aparezca existente entre acreedor y deudor.