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"BBS Abogados, bufete especializado en reclamación de intereses de Tarjetas Revolving y Prestamos abusivos.

Tarjetas Revolving intereses abusivos
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Abogados especialistas en Tarjetas Revolving

Que son las Tarjetas Revolving

En BBS Abogados somos especialistas en Tarjetas Revolving, y estamos interponiendo demandas a diario sobre este tipo de producto abusivo.

Siguiendo la indicación del Banco de España en el Portal del Cliente Bancario, las tarjetas «revolving» –también denominadas tarjetas «re-volventes» o de pago aplazado– son un tipo especial de tarjeta de crédito que permite a su titular disponer de un límite de crédito concreto, que puede devolver a plazos, abonando mensualmente las cuotas fijadas al efecto.

Tales cuotas pueden determinarse aplicando un porcentaje a la deuda existente; o puede establecerse un importe fijo a pagar mes a mes.

En cualquier caso, la característica principal de estas tarjetas es que el límite de crédito asociado a la misma «disminuye según se realizan cargos», y «se repone» a medida que se van abonando las cuotas mensuales.

Características de las Tarjetas Trampa Revolving

Se trata, además, de un contrato de consumo, pues, según el Banco de España, este es su destino fundamental .
Entre las características de este producto financiero, se destacan las siguientes:

  • El crédito asociado a la tarjeta se renueva automáticamente a medida que se van abonando las cantidades adeudadas.
  • Pago aplazado de las cantidades dispuestas. El capital dispuesto con la tarjeta «revolving» se devuelve a plazos, abonando periódicamente las cuotas –fijas o variables– que se hayan establecido en el contrato. La mayoría de los problemas derivados del uso de estas tarjetas se debe al establecimiento de cuotas mensuales demasiado bajas, pues como alerta el Banco de España, en tales casos, «la amortización del principal se realizará a un plazo muy largo», lo que implicará el pago de más intereses.
  • Intereses elevados. Los contratos de tarjetas «revolving» suelen tener asociados tipos de interés muy elevados (entre el 20 y 26% TAE). Los mismos se aplican sobre las cantidades efectivamente dispuestas con la tarjeta.

Reclama la nulidad de contratos de Tarjetas Revolving

Otro de los problemas detectados en la comercialización de las tarjetas «revolving» es la falta de entrega, con suficiente antelación, de la Información Normalizada Europea sobre el Crédito al Consumo a la que se refiere el artículo 10 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.

Al mismo tiempo, la problemática suscitada en torno a este producto financiero está relacionada con los intereses remuneratorios tan elevados asociados al mismo –en torno a un 27% anual–. A ello se une que, en multitud de ocasiones, la comercialización de las tarjetas «revolving» se ha realizado de forma no transparente, siendo adquiridas, en algunos casos, por usuarios cuyo perfil no se adecuaba al producto contratado.

Por lo tanto y raíz de las nuevas Sentencias dictadas, incluso del Tribunal Supremo, les podemos ayudar a cancelar la deuda de la tarjeta revolving, e incluso que la Entidad financiera devuelva todos los intereses pagados de más y que son abusivos.

En consecuencia, desde BBS Abogados, especialistas en Tarjetas Revolving, recomendamos a todos los afectados reclamar judicialmente, para recuperar todo el dinero perdido.

 

Principales entidades que han comercializado Tarjetas Revolving

Las tarjetas trampa detectadas con intereses abusivos son comercializadas entre otras como

  • CETELEM
  • CONSUMER
  • WIZINK
  • COFIDIS
  • CITIBANK

BBS Abogados, especialistas en Tarjetas Revolving

Desde BBS Abogados, despacho especializado en mala praxis bancaria, con más de 30 años de experiencia en el sector, le podemos ayudar si es un afectado por este producto abusivo. No dude en contactar con nosotros llamando al 93.760.53.77 o escribiéndonos a bbsabogados@bbsabogados.com.