Es habitual préstamo con intereses abusivos y los tribunales españoles anulan de forma sistemática este tipo de contratos de financiación. Vulneran la Ley de Represión de la Usura de 1908 y la normativa de protección de los consumidores. A través de la vía judicial, los afectados eliminan la carga de los intereses usurarios y recuperan todo el dinero abonado en exceso.
¿Es posible anular un prestamos con intereses abusivos?
La respuesta jurídica a esta cuestión es rotundamente afirmativa: SI
- Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios. Sanciona con la nulidad absoluta aquellos créditos que fijan un interés notablemente superior al normal del dinero.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, protege a los consumidore. Frente a las cláusulas que generan un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes.
¿Cuándo se consideran abusivos los intereses?
Los Jueces acuden a las tablas estadísticas que publica mensualmente el Banco de España. Específicamente, se analiza el Tipo Efectivo de Definición Restringida (TEDR), el cual equivale a la Tasa Anual Equivalente (TAE) sin incluir las comisiones.
En los contratos de crédito y tarjetas revolving, por ejemplo, el Tribunal Supremo determina que existe usura. Cuando la TAE contractual supera en más de seis puntos porcentuales el tipo medio de referencia del mercado. Sin embargo, en otros tipos de préstamos, un diferencial sustancialmente menor respecto al interés normal del dinero también fundamenta la declaración de abusividad.
¿Cuándo hay usura en el préstamo con intereses abusivos?
- Existe usura cuando las partes pactan una retribución notablemente superior al interés normal del dinero y manifiestamente desproporcionada con las circunstancias del caso.
- Asimismo, la ley considera usurario el préstamo consecuencia de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.
- Por último, hay usura cuando el contrato supone recibida una cantidad mayor que la verdaderamente entregada, independientemente de su entidad y circunstancias.
Los prestamistas aprovechan las situaciones de deudas previas acumuladas y el riesgo de pérdida de la vivienda propia angustia. Por lo tanto, el aprovechamiento de la vulnerabilidad económica del cliente invalida el negocio jurídico originario.
¿Qué es el sistema de amortización «bullet» o americano?
El diseño técnico del contrato influye de manera determinante en la carga financiera del deudor. Entre las modalidades de financiación más gravosas se encuentra el sistema de amortización «bullet» o americano.
A diferencia del sistema francés, donde el cliente paga cuotas mensuales que incluyen capital e intereses, el método americano funciona de una forma distinta. En este sistema, el prestatario abona mensualmente cuotas compuestas de forma exclusiva por los intereses remuneratorios. Por consiguiente, el capital principal del préstamo permanece intacto durante toda la vida del contrato. En la última cuota, el deudor debe devolver el cien por cien del capital solicitado junto con los intereses del último mes.
Provoca una asfixia económica prolongada, ya que no reducen la deuda principal a pesar de realizar pagos mensuales constantes.
¿Por qué la condición de consumidor del demandante se determina por la finalidad del préstamo y no únicamente por su situación profesional?
La defensa del cliente frente a un préstamo intereses abusivos exige acreditar su condición jurídica de consumidor.
Sin embargo, la condición de consumidor del demandante se determina por la finalidad del préstamo y no únicamente por su situación profesional. Por ejemplo, existe el caso de un caso donde el cliente trabajaba como taxista y aportó su licencia de taxi como garantía pignoraticia del préstamo.
La entidad alegó que el demandante actuaba como empresario, pero el tribunal desestimó el argumento. Para los Tribunales el préstamo no tenía por objeto la adquisición de la licencia ni guardaba relación con una actividad comercial o profesional.
¿Qué consecuencias de la nulidad de los intereses abusivos establece la ley?
La declaración judicial de invalidez de un préstamo intereses abusivos acarrea efectos económicos drásticos para las entidades financieras y sumamente beneficiosos para los clientes afectos. El artículo 3 de la Ley de Represión de la Usura y el artículo 1303 del Código Civil regulan con precisión estos efectos.
- En primer lugar, se declara la nulidad de un contrato de préstamo con garantía pignoraticia o hipotecaria debido a la existencia de interés remuneratorio usurario.
- En consecuencia de la nulidad de los intereses abusivos, el prestatario queda eximido de pagar cualquier tipo de interés, comisión o gasto.
- Por lo tanto, el cliente se encuentra únicamente obligado a devolver la suma de capital efectivamente dispuesta. Sin añadir un solo euro en concepto de intereses.
- Asimismo, la entidad financiera tiene la obligación de reintegrar la totalidad de las cantidades cobradas que excedan del capital prestado desde la firma del contrato.
Además, los tribunales imponen el pago sobre la recclamación del interés legal del dinero, incrementado en dos puntos desde la fecha de la resolución judicial. De este modo, el patrimonio del afectado retorna a la situación que habría tenido si nunca hubiese firmado la cláusula ilícita.
¿Cómo operan las múltiples sentencias en España dictadas por las Audiencias Provinciales?
Múltiples sentencias en España en AP de Barcelona, AP de Madrid y otras Audiencias confirman la protección del deudor.
| Órgano Emisor | Fecha de Resolución | Sentencia / Criterio Clave |
| Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 13ª) | 14 de febrero de 2022 | Sentencia 72/2022: Nulidad por falta de transparencia y discrepancia en comisiones escrituradas. |
| Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 16ª) | 23 de mayo de 2022 | Sentencia 250/2022: Nulidad total de préstamo con sistema americano, ordenando la devolución exclusiva del capital neto real (45.378,09€) y anulando la compraventa y el arrendamiento vinculados. |
| Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25ª Bis) | 31 de julio de 2024 | Sentencia 726/2024: Nulidad de préstamo con garantía pignoraticia por fijar un 16,38% TAE frente al 8,69% normal de mercado, superando el margen legal de 6 puntos. |
Estos fallos judiciales no se limitan a anular el contrato de préstamo. Hay casos donde se forzó al deudor a vender su vivienda , y los Tribunals extienden la nulidad al contrato y al posterior contrato de arrendamiento. Los tribunales entienden que el segundo negocio jurídico no habría existido sin la celebración del préstamo usurario original.
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