Importante Sentencia que abre un nuevo camino para las reclamaciones de las empresas y autónomos.
La Audiencia Provincia de Girona, en su sentencia número 517/2019, ha declarado la nulidad de la cláusula suelo contenida en un Préstamo Hipotecario suscrito entre CAJAMAR y una empresa por entender que la posibilidad que tiene la sociedad para asesorarse sobre las cláusulas del préstamo hipotecario o los conocimientos que tengan los administradores, no pueden tenerse en cuenta si ni siquiera les es posible advertir la inclusión de la cláusula en el contrato porque la entidad no la mencionada durante las negociaciones.
El fallo de la sentencia de segunda Instancia, acordó la nulidad de la cláusula, manteniendo el préstamo su vigencia sin la cláusula suelo y teniendo la entidad demanda que restituir el perjuicio causado por aplicación de la misma.