Introducción
El Juzgado de 1a Instancia Nº 20 de Barcelona, ha dictado una importante Sentencia de fecha 23 de octubre de 2024. Novedosa Sentencia Anulando un Fondo de Inversión de Caixabank.
Los clientes llevaban perdiendo más del 80% en un fondo que les habian dicho que era conservador y de renta fija.
El fallo declara la nulidad del contrato de inversión en el fondo Foncaixa Equilibrio FI Clase Plus, por error en el consentimiento y vicio de información.
1. Motivos de la Sentencia Anulando un Fondo de Inversión de Caixabank
En la demanda se alegaba vicio en el consentimiento debido a una falta de información adecuada en la suscripción del producto Foncaixa Equilibrio FI Clase Plus.
El cliente de Caixabank solicitaba:
- Declaración de nulidad de la inversión por falta de consentimiento, en virtud de un error sustancial sobre los riesgos del producto.
- Restitución de la cantidad invertida, junto con los intereses generados desde la fecha de la suscripción.
2. Fundamentos Jurídicos de la Sentencia
2.1. Falta de Información Adecuada
CaixaBank incumplió sus obligaciones de información sobre las características del producto, lo que indujo a error a los actores, quienes pensaron que invertían en un producto de bajo riesgo.
NO informaron tampoco de los riesgos puesto que eran personas con nulos conocimientos en inversiones.
Anteriormente tenian un deposito a plazo fijo, totalmente garantizado. Pero CaixaBank insistió en que contrataran un Fondo de Inversión que en teoria era conservador.
La sorpresa llegó , cuando CaixaBank les proporcionó antes de la contratación un informe del producto. Y este informe no tenia relación con el producto, llamado FCRENTA FIJA FLEXIBLE, FI CLASE ESTANDAR.
Contrataron el FONDO CAIXABANK EQUILIBRIO, FI CLALSE PLUS, un hibrido de renta fija y variable, con alto riesgo.
CaixaBank realizó cambios unilaterales del producto en 3 ocasiones. Con diferentes denominaciones, siendo la última FONDO CAIXABANK BANKIA MIXTO FUTURO SOSTENIBLE.
2.2. Error en el Consentimiento
Los demandantes alegan que el error en el consentimiento radica en que se les hizo creer que el producto era similar a un depósito a plazo fijo, cuando en realidad era un fondo de renta mixta y de mayor riesgo.
La Magistrada concluye que el contrato carecía de un consentimiento válido por error esencial en las condiciones de la inversión. Determina que, al ser Caixabank quien recomendó el producto, debía asegurarse de que los clientes comprendieran sus características y riesgos.
2.3. Cambios Unilaterales en el Producto
Tras la suscripción, el producto sufrió varias modificaciones, incluyendo cambios de nombre y aumento del riesgo de inversión sin conocimiento ni consentimiento de los actores.
2.4. La Obligación de Información del Banco
La Ley del Mercado de Valores (LMV) establece que los bancos deben actuar con diligencia, transparencia y en interés de sus clientes. La obligación de Caixabank incluía:
- Informar de manera comprensible sobre los riesgos.
- Asegurarse de que los clientes, sin conocimientos financieros, comprendieran las características del producto.
2.5. Asesoramiento por parte de CaixaBank.
Sentado pues que nos encontramos ante un servicio de asesoramiento o recomendación personalizada por parte de la entidad financiera a los clientes aquí demandantes, lo que implica que la demandada había de llevar a cabo su prestación con sujeción a una serie de obligaciones derivadas de la recomendación y posterior suscripción de tal producto financiero
2.6. Error Excusable y Vicio del Consentimiento
La Sentencia concluye que existió un error regualdo en el art. 1.261 del Código Civil. Excusable, no imputable a los demandantes, ya que ellos confiaron en la información facilitada por el banco.
4. Efectos de la Declaración de Nulidad
La declaración de nulidad implica la restitución recíproca de las prestaciones. Caixabank debe devolver los 75.000 euros invertidos, junto con los intereses desde la fecha de inversión y las comisiones cobradas. Los demandantes deberán devolver las cantidades recibidas en concepto de rendimientos.
5. Costas Procesales
La sentencia impone las costas del proceso a Caixabank, al considerar que actuó de mala fe en la comercialización del producto.
Conclusión del Fallo
La sentencia considera que Caixabank incumplió su deber de información, lo que generó un error en el consentimiento de los demandantes. El fallo establece la nulidad del contrato y condena a Caixabank a la restitución de las cantidades, con sus intereses y comisiones.
Si su fondo tiene perdidas no duden en ponerse en contacto con nuestro bufete, BBS Abogados.