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BBS ABOGADOS CONSIGUE SENTENCIA REVOLUCIONARIA EN EL ÁMBITO DEL IRPH

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SENTENCIA REVOLUCIONARIA EN EL ÁMBITO DEL IRPH

EL JUZGADO MERCANTIL 7 DE BARCELONA, DESTAPA LA ABUSIVIDAD DE LA CLAUSULA IRPH DICTANDO UNA SENTENCIA EN LA QUE SE ANULA DICHA CLAUSULA, CON LA SUSTITUCIÓN A EURIBOR + 1 PUNTO, DEVOLUCIÓN RETROACTIVA E IMPOSICIÓN DE COSTAS A LA ENTIDAD FINANCIERA.

El Juzgado Mercantil 7 de Barcelona ha estimado una demanda interpuesta por el despacho BBS ABOGADOS (www.bbsabogados.com) y Arcadi Sala-Planell, en la que se anula la cláusula de IRPH y se sustituye por el Euribor más un punto de diferencial.

Dicha sentencia hace hincapié en que la cláusula es abusiva dado que suponía un encarecimiento de la hipoteca, puesto que el IRPH siempre se ha situado por encima del Euribor

En  el momento de la suscripción del préstamo hipotecario, la entidad bancaria no informó al cliente de que el Índice declarado nulo había estado siempre por encima del Euribor. Es decir, el cliente no obtuvo un conocimiento real de la clausula.

Dicha sentencia hace hincapié en la influencia por parte de las entidades financieras del importe del índice, puesto que el mismo se calcula con la información «facilitada» única y exclusivamente por las Entidades Bancarias. Tampoco en la escritura existe advertencia o información respecto a cómo se calcula el IRPH ni de su complicado funcionamiento, lo que podría haber pesado sobre la decisión de los clientes, teniendo en cuenta especialmente el grado de influencia de la prestamista respecto al índice en cuestión.

Se prueba que la entidad financiera impuso la clausula controvertida en el contrato, sin posibilidad de negociación alguna por parte de los clientes. Y los demandantes no tenían opción alguna de influir en el contenido de la clausula.

La Entidad financiera no cumplió con sus obligaciones de informar de manera pormenorizada del significado jurídico y económico del contrato. Tampoco se acredita que se informara con documentación adicional sobre la cláusula, ni simulaciones sobre los escenarios ni comparativa respecto al funcionamiento o repercusión de otros tipos de interés alternativos.

En definitiva, la cláusula en cuestión, es contraria a las exigencias de la Buena Fe y causa un desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes.

La mencionada Sentencia supondrá un impacto de incalculables consecuencias en el ámbito bancario, puesto que existen miles de afectados por la existencia de esta cláusula abusiva, del mismo modo que ha sucedido con la clausula suelo.

Una gran noticia esperada por todos los afectados del IRPH.

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