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Declarada nula HIPOTECA MULTIDIVISA de Catalunya Banc (actualmente BBVA) por concurrir error en el consentimiento.

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LAS HIPOTECAS MULITIDIVISAS SE SIGUEN DECLARANDO NULAS POR ERROR EN EL CONSENTIMIENTO.


LOS JUZGADOS ADMITEN LA NULIDAD POR ERROR EN EL CONSENTIMIENTO, JUNTO CON LA NULIDAD POR ABUSIVIDAD AL NO SUPERAR LOS CONTROLES DE TRANSPARENCIA.


Aún no ha acabado noviembre y las noticias positivas sobre la nulidad de las  hipotecas multidivisas no cesan. Tras el reciente y clarificador pronunciamiento del Tribunal Supremo (15 noviembre 2017), adoptando los criterios del TJUE (20 septiembre 2017) sobre la abusividad de la multidivisa al no superar los controles de transparencia, obtenemos una nueva victoria contra las hipotecas multidivisas. En fecha 22 de noviembre 2017, el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barcelona (sentencia nº 248/2017), declaraba la nulidad de este producto bancario por error en el consentimiento.

Para el juzgador, no hay duda alguna:

Existe un inexcusable deber de la entidad de suministrar al demandante consumidor sin especiales conocimientos financieros,- no se ha acreditado otra condición en los actores-, información veraz, previa, adecuada y suficiente sobre el producto para que pudiera comprender el alcance real, la trascendencia económica y jurídica de la operación, sus riesgos implícitos y las pedidas que podía conllevar la operación”.

En base a lo expuesto, practicada la prueba se declara que:

no hay constancia ninguna, por vía documental, ni testifical tampoco, de que por parte de la entidad bancaria se hubiera proporcionado información, siquiera mínima al cliente sobre los riesgos inherente a la operación, no consta que se le informara y advirtiera del riesgo que podía entrañar la fluctuación de la divisa, ni que se le hicieran simulaciones sobre la posible evolución de la misma y sus consecuencias económicas ante una posible depreciación; tampoco hay constancia de que se le hubiera facilitado la información precontractual, a saber, el folleto informativo y la oferta vinculante”.

La omisión de toda esta información precontractual sobre el verdadero alcance obligacional de la hipoteca multidivisa, acabó provocando un error en el consentimiento de la prestataria, pues realmente no conocía los efectos que podía comportar este producto bancario.

En este contexto, el juzgador acaba declarando que, además de de concurrir un error en el consentimiento, el clausulado no supera los controles de transparencia y se han incumplido, por parte de la entidad bancaria, las exigencias de normas imperativas sectoriales sobre información.

Desde BBS ABOGADOS, confirmamos que nos encontramos en un inmejorable momento para reclamar la anulación de la hipoteca multidivisa y conseguir referenciar el capital pendiente y cuotas (tanto liquidadas como futuras) en euros con la consecuencia de que la entidad bancaria sea condenada a devolver las cantidades cobradas en exceso por la aplicación de la multidivisa.

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