La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea deja claro que habrá que examinar cada caso en concreto.
No hay que olvidar que nuestra experiencia viene avalada por ser el despacho en obtener la 1a sentencia en Catalunya, y de las primeras en España, siendo líderes y pioneros en este sector.
La mencionada Sentencia del TJUE de fecha 3 de marzo de 2020, establece claramente que para solicitar la nulidad del IRPH los tribunales deberán analizar las circunstancias en que se firmó cada hipoteca de forma individualizada.
Según reza el texto de la sentencia: “El juzgado remitente deberá comprobar si en el contexto de la celebración del contrato sobre el que versa el litigio principal Bankia cumplió efectivamente con todas las obligaciones de información establecidas por la normativa nacional”
Por tanto, habrá que analizar en cada caso concreto si el prestatario con la condición de consumidor pudo conocer las consecuencias de la cláusula de aplicación del IRPH como índice de referencia para la determinación de los intereses remuneratorios
En contra del criterio adoptado por una minoría de despachos de abogados y asociaciones, BBS interpondrá demandas individuales como ha venido haciendo siempre, teniendo en cuenta además que no existen precedentes de demandas colectivas con sentencias favorables. Asimismo, trabajamos con precios ajustados y nuestros honorarios se establecen en función de la estimación del éxito del proceso judicial.