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La Audiencia de Barcelona declara la nulidad del IRPH y lo sustituye por el Euribor

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Al tratarse de un caso de ejecución hipotecaria, la sentencia no ha sido dictada por la Sección 15ª, sino por la 4ª.

“BBS Abogados consiguió la primera Sentencia en Cataluña declarando la nulidad de una cláusula IRPH, en fecha 16-03-2015, y una de las primeras en España.”

La Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado una sentencia respecto a una ejecución hipotecaria confirmando la nulidad de una cláusula IRPH y sustituyendo dicho índice por el Euribor.

Según la sentencia, “Se declara también nula la cláusula I.R.P.H. Cajas, que se considera claramente perjudicial para el ejecutado, frente al Euríbor, que se considera es más objetivo”.

La decisión de la Sección cuarta de la Audiencia de Barcelona sigue el criterio establecido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su sentencia del pasado 3 de marzo.

Por el contrario, la resolución choca claramente con la posición de la Sección 15ª de la misma Audiencia de Barcelona, Sección que es bien conocida entre los afectados por favorecer el sector financiero frente los derechos de los consumidores y por no someter la cláusula IRPH al doble control de transparencia, en contra de lo que indicó el TJUE en la sentencia de 3 de marzo.

Esta no es la única resolución a nivel provincial que sí sigue el criterio del TJUE y que por tanto declara nula una cláusula IRPH. En ese sentido ya existen sentencias como la de la Sección 6 de la Audiencia Provincial de Málaga.

La sentencia de la Sección 4ª de la Audiencia de Barcelona deja de manifiesto que la nulidad del IRPH depende de la Sección a la que caiga el caso, ya que, de haber caído en la Sección 15ª, probablemente se hubiera dado la razón a la entidad bancaria.

Desde BBS Abogados, primer despacho en Catalunya en conseguir una sentencia declarando nulo el IRPH, con más de 20 años de experiencia en Derecho Bancario, ofrecemos un asesoramiento completo a los afectados por una cláusula IRPH. Puede contactar con nosotros a través de bbsabogados@bbsabogados.com o llamando al 93 760 53 77.