La Audiencia sigue el criterio del TJUE y considera que el banco no informó con transparencia sobre la cláusula IRPH.
“BBS Abogados consiguió la primera Sentencia en Cataluña declarando la nulidad de una cláusula IRPH, en fecha 16-03-2015, y una de las primeras en España.”
La Sección 6 de la Audiencia Provincial de Málaga ha anulado la cláusula IRPH de un préstamo hipotecario y lo ha sustituido por el Euribor más un diferencial de 0,172.
Esta resolución de la Audiencia de Málaga confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Marbella, que a parte de declarar nula la cláusula IRPH, también anuló la cláusula suelo del préstamo.
Según el tribunal, la entidad bancaria incumplió la obligación de informar debidamente al cliente sobre el clausulado IRPH. En concreto, no se informó sobre la evolución pasada de dicho índice, lo cual es un requisito para que se cumpla el control de transparencia, tal y como lo estableció el TJUE en la sentencia del pasado 3 de marzo.
Asimismo, la Audiencia desestima el argumento utilizado por la entidad bancaria, el cual se basaba en el perfil del cliente. La entidad alegaba que el hecho de que el cliente fuera abogado implicaba que era capaz de entender la cláusula IRPH. La Audiencia, naturalmente, rechaza de manera contundente este razonamiento y declara que el perfil del cliente no exime a la entidad del deber de información.
Desde BBS Abogados, primer despacho en Catalunya en conseguir una sentencia declarando nulo el IRPH, con más de 20 años de experiencia en Derecho Bancario, ofrecemos un asesoramiento completo a los afectados por una cláusula IRPH. Puede contactar con nosotros a través de bbsabogados@bbsabogados.com o llamando al 937 605 377.