La tarjeta Visa & Go de CaixaBank (anteriormente conocida como Gold) ha sido una de las opciones más populares entre los clientes del banco. Sin embargo, este tipo de tarjetas «revolving» han generado un gran número de reclamaciones por sus altos intereses, considerados abusivos en muchos casos. Si tienes una tarjeta Visa & Go y sospechas que estás pagando más de lo debido, sigue leyendo para entender cómo BBS ABOGADOS puede ayudarte a reclamar.
¿Qué es una tarjeta revolving y por qué es problemática?
Las tarjetas revolving son aquellas que permiten aplazar los pagos de las compras, pero a cambio de unos intereses muy elevados. A diferencia de una tarjeta de crédito tradicional, donde el cobro se efectúa a mes vencido (y en las de débito, al contado), en los créditos revolving el pago se realiza en cuotas mensuales, las cuales generan intereses.
Funcionan de manera similar a un microcrédito, pero a menudo el cliente no es consciente de que este fraccionamiento implica intereses elevados. Además, estas tarjetas permiten su uso sin necesidad de que haya fondos disponibles en la cuenta asociada, ya que el banco concede un límite de crédito (que suele oscilar entre 2.000 y 4.000 euros). Sin embargo, el dinero debe ser reembolsado a plazos, siempre con intereses.
En el caso de CaixaBank, la Visa & Go es un ejemplo claro. A muchos usuarios les ha ocurrido que, aunque pagan mes a mes, su deuda apenas disminuye, y la mayor parte del dinero se destina a cubrir los intereses, que pueden llegar a superar el 29% TAE. Esto ha llevado a que muchos clientes se sientan atrapados en una deuda sin fin.
Documentos para reclamar por la tarjeta Visa & GO de Caixabank
Si eres titular de una tarjeta Visa & Go de CaixaBank y te has dado cuenta de que los intereses que te están cobrando son excesivamente altos, la mejor opción es reclamar a CaixaBank.
La justicia ha fallado en infinidad de casos a favor de los clientes que han reclamado, considerando que las condiciones impuestas son abusivas y que los intereses aplicados son usurarios.
Para iniciar el proceso de reclamación de tu tarjeta Visa & Go de CaixaBank, estos son los documentos que necesitamos:
- Contrato de la tarjeta Visa & Go: Lo primero que debes hacer es tener acceso al contrato de tu tarjeta. Este documento es crucial para analizar las condiciones que aceptaste cuando solicitaste la tarjeta. Si no dispones de él, no te preocupes, en BBS Abogados podemos ayudarte a obtenerlo.
- Recibos mensuales: Es importante contar con los extractos de tus pagos mensuales para demostrar los intereses excesivos que has estado pagando.
- Carta de reclamación: Si ya has presentado una reclamación, necesitaremos copia de la misma. Si no estás seguro de cómo hacerlo o prefieres dejar el trabajo en manos de profesionales, en BBS Abogados redactamos y presentamos la reclamación por ti.
¿Es viable mi reclamación?
La viabilidad de tu reclamación dependerá principalmente de los intereses aplicados y de las condiciones del contrato. Cada caso es único y debe ser analizado de forma individual.
En BBS Abogados, contamos con amplia experiencia en este tipo de reclamaciones y con un sólido historial de casos ganados.
Reclama con BBS Abogados
Si tienes una tarjeta Visa & Go de CaixaBank y sospechas que has sido víctima de intereses o condiciones abusivas, no esperes más para actuar. Los casos de tarjetas revolving han abierto la puerta a miles de reclamaciones en España, y tú también puedes recuperar lo que has pagado de más.
En BBS Abogados, disponemos de un equipo altamente especializado en derecho bancario y financiero, avalado por más de 25 años de experiencia en el sector. Además, ofrecemos nuestros servicios en todo el territorio nacional, asegurando una representación jurídica de calidad, sin importar tu ubicación.
Si estás interesado en cancelar la deuda de tu tarjeta ‘revolving’, te invitamos a informarte sin compromiso a través de:
- Nuestro formulario web.
- O, escribiendo a bbsabogados@bbsabogados.com
- O llamando al +34 93 760 53 77.
Nuestras condiciones económicas son muy favorables: cobramos si ganas. Además, como lo habitual es que se condene al banco al pago de las costas, nuestros honorarios suele abonarlos la entidad financiera.