Sentencia a favor de una Sociedad que invirtió en CDA’S.
El Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Majadahonda (Jdo. donde radica el domicilio social de TRIODOS BANK S.A.), ha dictado una sentencia contundente contra Triodos Bank por irregularidades en la comercialización de los Certificados de Depósito para Acciones (CDA).
La resolución, fechada el 14 de noviembre, no solo declara la nulidad de los contratos por error en el consentimiento, sino que también obliga al banco a restituir 1.299.999,88 euros, además de intereses y costas procesales. Estas últimas, suman aproximadamente 258.000 euros en intereses y 70.000 euros en costas.
Este fallo de BBS Abogados, refuerza los derechos de los consumidores frente a prácticas bancarias que carecen de transparencia. Para quienes han invertido en productos similares, la sentencia establece un precedente significativo.
El caso: una reclamación de 1.299.999,88 euros de una empresa
La parte actora, una empresa con perfil minorista y conservador, invirtió en CDA en dos ocasiones: mayo de 2018 y mayo de 2019. Ambas contrataciones sumaron un total de 1.299.999,88 euros. Sin embargo, los cambios unilaterales en las condiciones del producto y la falta de información clara llevaron a la pérdida sustancial de la inversión.
Hechos relevantes del caso
- Fechas de inversión: Mayo de 2018 y mayo de 2019.
- Modificaciones contractuales: Triodos Bank migró los CDA de un mercado interno a un sistema multilateral de negociación sujeto a la oferta y a la demanda.
- Impacto económico: La alteración del método de valoración y la nueva naturaleza especulativa del producto resultaron en graves pérdidas para los inversores.
¿Porque se la Sentencia ha sido favorable?
El Juzgado identificó dos grandes irregularidades que sustentaron la nulidad de los contratos.
1. Cierre del mercado interno
El mercado interno, que garantizaba estabilidad y evitaba la especulación, fue clausurado unilateralmente sin previo aviso. Los CDA fueron trasladados a un sistema multilateral de negociación, contradiciendo las promesas iniciales del banco. Este cambio expuso a los inversores a riesgos no contemplados en el contrato.
2. Modificación del cálculo del valor
El método de valoración de los CDA dejó de basarse en el valor patrimonial del banco. En su lugar, se adoptó un modelo especulativo vinculado al mercado externo. Esta alteración rompió las expectativas legítimas de los clientes sobre la seguridad de su inversión.
Prueba testifical: un testimonio revelador
La declaración de Dª Andrea, empleada de Triodos Bank y responsable de la comercialización de los CDA, fue crucial para determinar las deficiencias en la información proporcionada a los clientes.
¿Que se ha destacado de la prueba testifical?
- Advertencias iniciales: La testigo afirmó haber informado al cliente de que los CDA no estaban garantizados y podían implicar la pérdida total de la inversión.
- Riesgo de liquidez: Admitió haber explicado la existencia de un riesgo de liquidez asociado al producto.
- Desconocimiento de desequilibrios: Reconoció no saber que existía un desequilibrio entre las órdenes de compra y venta en el mercado interno de los CDA. De haberlo sabido, habría advertido al cliente.
- Entrega de documentación: Declaró que las contrataciones fueron presenciales y se entregó la documentación completa.
Impacto del testimonio
El juez consideró este testimonio clave para evidenciar la falta de diligencia del banco. Aunque la empleada afirmó haber proporcionado información, la sentencia concluyó que esta no fue suficiente, clara ni comprensible, vulnerando así los derechos del cliente.
La sentencia: fundamentos y condena
El tribunal declaró la nulidad de los contratos por error en el consentimiento, al considerar que la parte actora no recibió información adecuada sobre los riesgos inherentes a los CDA.
¿En que se basa el juez?
- Devolución del capital invertido: Triodos Bank debe reembolsar 1.299.999,88 euros.
- Intereses legales y procesales: El banco también está obligado a pagar intereses procesales desde la fecha de reclamación, que ascienden a 258.000 euros.
- Costas procesales: La sentencia incluye una condena al pago de costas, estimadas en como mínimo 80.000 euros.
El juez subrayó que la falta de información completa, comprensible y veraz por parte del banco fue determinante para que el cliente contratara el producto bajo condiciones erróneas.
¿Cuales son las principales irregularidades detectadas?
El fallo judicial destaca varias irregularidades que resultaron en el incumplimiento de los deberes de diligencia e información por parte de Triodos Bank.
1. Ausencia de documentación precontractual
La entidad no proporcionó al cliente documentos que explicaran de forma clara y detallada los riesgos asociados al producto.
2. Riesgo de liquidez no advertido
No se informó al cliente de la posibilidad de cierre del mercado interno ni de la migración de los CDA a un sistema multilateral de negociación.
3. Alteración del método de valoración
El banco cambió unilateralmente el cálculo del valor de los CDA, desvinculándolo del patrimonio contable y adoptando un enfoque especulativo.
Implicaciones para otros inversores
Esta sentencia abre la puerta a que otros afectados por los CDA de Triodos Bank reclamen la nulidad de sus contratos y la devolución de su inversión. El fallo refuerza la idea de que las entidades bancarias deben cumplir estrictamente con los deberes de información y transparencia estipulados en la LMV.
Y además hay que tener en cuenta que no se tiene conocimiento de sentencias a favor de sociedades y por una suma tan elevada.
Accede a un extracto de la sentencia haciendo clic aquí
Conclusión: un precedente esperanzador
La condena a Triodos Bank por su gestión de los CDA es un recordatorio contundente de la importancia de la transparencia y el cumplimiento normativo en el sector bancario. Para los inversores afectados, este fallo representa una oportunidad de recuperar su capital y responsabilizar a las entidades por prácticas irregulares.
Ademas cabe destacar la elevada suma reclamada y que sea a favor de un sociedad.