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Terminacion de procedimiento Segunda Oportunidad
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Terminación procedimiento de Segunda Oportunidad

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¿Cómo termina el procedimiento de Segunda Oportunidad? ¿De verdad me van a cancelar mis deudas? Éstas y otras preguntas son las más frecuentes cuando se inicia un procedimiento de Segunda Oportunidad. Es por ello que es necesario saber qué se consigue a la terminación del procedimiento de Segunda Oportunidad.

El procedimiento de Segunda Oportunidad, puede terminar de dos formas.

El procedimiento de Segunda Oportunidad puede finalizar de dos formas distintas:

  • 1) Cuando los créditos no sean privilegiados, normalmente se dictará una resolución, llamada AUTO. En esta resolución se establecerá la exoneración total de las deudas.

Ello supondrá la obligación de dar de baja todos los ficheros de morosidad, y el deber de las entidades a comunicar la exoneración a cualquier entidad o fichero de morosidad.

  • 2) Si se trata de créditos llamados “privilegiados”,se realizará por el juzgado un Plan de pagos, que deberá cumplirse estrictamente por el concursado. No es posible en estos casos la exoneración directa como en el primer supuesto. En este caso, se establecerá por ejemplo el pago de 150 Euros mensuales, ya que en ningún caso podrá dejarse al concursado por debajo del Salario Mínimo Interprofesional.

El Plan de Pagos pasados 5 años desde su aprobación.

En el caso que transcurran 5 años desde la aprobación del Plan de pagos establecido, de nuevo el concursado tendría la opción de volver a solicitar la exoneración de sus deudas, que, en este caso, deberá ser aprobada.

Revocación de la concesión de la cancelación de las deudas.

Se podría llegar a revocar la concesión de la cancelación de deudas, al momento de terminación del Procedimiento de Segunda Oportunidad, en los casos siguientes:

  • En caso de incumplimiento del plan de pagos.
  • En caso que el concursado devenga a mejor fortuna. Es decir, que en este tiempo tenga otra vez ganancias, reciba una herencia, etc…
  • En cas ques’evidenciï la MALA FE del concursat.

Excepció a la cancel·lació de deutes..

S’exceptuaran de la cancel·lació de deutes, els crèdits amb entitats públiques (encara que hi ha excepcions sobre aquest tipus de deutes), i per deutes per aliments.

Si us trobeu en una situació difícil, us podem ajudar, som experts en el Procediment de Segona Oportunitat..

No dubti a contactar amb nosaltres a través del nostre formulari web, bbsabogados@bbsabogados.com o trucant al 93.760.53.77.

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