¿Cómo distinguir una Tarjeta Revolving de una Tarjeta de Crédito común?
En el artículo de hoy, les explicamos la diferencia entre una Tarjeta Revolving y una Tarjeta de Crédito convencional. Ciertamente, la distinción entre ambas tarjetas es muy difusa, pues en los dos casos todas las compras o disposiciones de efectivo que se realizan con ellas, quedan aplazadas automáticamente.
Tarjeta de Crédito Convencional
Como ya les hemos adelantado, tanto en las Tarjetas Revolving como en las Tarjetas de Crédito convencionales se aplaza el pago del gasto realizado.
En el caso de las Tarjetas de crédito, esa deuda se abona en su totalidad el día fijado en el contrato con el banco, que normalmente es a final de mes. Es decir, el día estipulado el cliente paga el gasto que ha realizado con la tarjeta, así como los intereses correspondientes.
Por lo tanto, la cuota del mes variará en función del gasto. Además, la deuda no se acumula, sino que se extingue de una sola vez al mes siguiente.
Tarjeta Revolving
Por su parte, en el caso de las tarjetas revolving se paga una cuota fija mensual, que se estipula en el contrato de la tarjeta.
De este modo, puede ser que las compras y disposiciones realizadas con la tarjeta revolving superen esa cuota fija mensual. Pues bien, en ese caso, la cantidad que supere la cuota fija mensual se acumula. Esta es la principal diferencia entre una Tarjeta Revolving y una Tarjeta de Crédito común.
Obviamente, a esta deuda habrá que sumarle los correspondientes intereses, que normalmente son abusivos o usureros, más todas las comisiones.
Así, aunque el consumidor pague religiosamente todos los meses la misma cuota, la deuda aumenta cada mes, por lo que a más tiempo de posesión de dicha tarjeta, mayor deuda se genera.
De hecho, el Banco de España ya alertó con las Tarjetas Revolving «la amortización del principal se realizará a un plazo muy largo», lo que implicará el pago de más intereses.
¿Qué puedo hacer si tengo una tarjeta revolving?
Desde BBS Abogados le aconsejamos reclamar extrajudicialmente a la entitad y, si no atienden a su petición, interponer demanda judicial.
Con la demanda judicial, puede conseguir la nulidad del contrato de tarjeta y la devolución de los intereses abusivos.
De esta manera, podrá recuperar la cantidad abonada que supere el importe del capital prestado (intereses remuneratorios) más los intereses legales.
Si tiene cualquier duda o quiere recibir asesoramiento especializado, no dude en contactar con BBS Abogados. Puede rellenar nuestro formulario web, escribirnos a bbsabogados@bbsabogados.com o llamarnos al 93 760 53 77.