Conseguimos nueva sentencia que declara la nulidad de un acuerdo de rebaja de una cláusula suelo.
BBS Abogados consigue nueva Sentencia que declara la nulidad de un acuerdo sobre una cláusula suelo.
Se trata de la Sentencia nº 1797/2023, de 21 de marzo, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 50 bis de Barcelona. La sentencia estima la demanda y declara la nulidad del acuerdo sobre la cláusula suelo suscrito entre el cliente y Arquia Bank, condenando al banco a devolver al cliente todas las cantidades abonadas en virtud de la cláusula suelo, más los intereses legales. También se condena al banco a pagar las costas procesales.
Acuerdo sobre la cláusula suelo: renuncia de acciones.
Cuando se dictaron las primeras sentencias del Tribunal Supremo anulando las cláusulas suelo, muchos bancos se apresuraron a firmar acuerdos con los clientes afectados, para evitar futuras reclamaciones.
En particular, se ofrecieron a los clientes acuerdos de rebaja de la cláusula suelo, pero a cambio de renunciar a reclamar el perjuicio económico.
Ello ha causado cierta incertidumbre, pues ha sido muy controvertido si estos acuerdos sobre cláusulas suelo son válidos o no. Y concretamente a sido muy polémica la renuncia de acciones.
Sin embargo, actualmente criterio jurisprudencial ya es pacífico: la renuncia de acciones no es válida en dos casos:
- Si es un renuncia genérica. Esto es, si se extiende a cuestiones distintas a la controversia que motiva la transacción.
- Si es una renuncia concreta, en caso de que no se pusiera a disposición del consumidor toda la información necesaria para que fuera consciente de las cantidades a las que estaba renunciando.
Este es el criterio actual del Tribunal Supremo (p.e STS 468/2022, de 6 de junio).
Sentencia ganada por BBS Abogados
En este caso, nuestro cliente firmó un acuerdo con el banco en el año 2014, para rebajar la cláusula suelo del 4% al 2,80%. Este acuerdo implicaba la renuncia de los clientes a reclamar el perjuicio económico ocasionado por la cláusula suelo.
El juez, tras analizar la prueba, concluye que el banco no ha demostrado que los clientes recibieran información alguna sobre las consecuencias jurídicas y económicas de la renuncia de acciones. Por ello, el acuerdo transaccional es nulo.
«En el caso sometido a examen, en el que el acuerdo transaccional suscrito entre las partes se lleva a cabo tras la difusión pública de la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo en fecha 9 de mayo de 2013, pero se trata de una reducción del 4% al 2,80% siendo que no consta que recibieran información alguna sobre las consecuencias jurídicas y económicas de la renuncia que de ello se derivaban, en especial las liquidaciones practicadas hasta la fecha. Siendo ello así procede estimar que no se cumplió con la necesaria obligación de información y, en consecuencia, declaro nulo el acuerdo transaccional suscrito entre las partes.«
Esta sentencia permite al consumidor recuperar la totalidad del perjuicio de la cláusula suelo, desde la fecha en que se firmó el préstamo.
BBS Abogados, despacho especializado en Cláusulas Suelo.
En BBS Abogados, despacho especializado en Cláusulas Suelo, le ofrecemos un asesoramiento integral e individualizado para reclamar nulidad de la cláusula suelo aunque haya llegado a un acuerdo con el banco, ya sea usted un particular, un autónomo, o una empresa. Puede contactar con nosotros a través de nuestro formulario de contacto, escribiéndonos a bbsabogados@bbsabogados.com o llamando al 93 760 53 77.