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Plazo para reclamar a TRIODOS BANK.
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Plazo para reclamar a TRIODOS BANK.

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Resumen del Webinar organizado por BBS Abogados visible en nuestro canal de You Tube sobre el plazo para reclamar a TRIODOS BANK.

El pasado 7 de febrero,  BBS ABOGADOS,  organizó una sesión  informativa para los afectados por los CDAs (Certificados de Depósitos de Acciones) sobre el plazo para reclamar a TRIODOS BANK.

La sesión fue retransmitida en directo a través del Canal de YouTube de BBS ABOGADOS:   https://www.youtube.com/@BBSAbogados .

Impartida por el Socio-Fundador de BBS ABOGADOS, Arcadi Sala-Planell , junto con las Abogadas Senior de BBS ABOGADOS, Aina Ansó y Anna Valls, todos ellos especialistas en la reclamación de productos tóxicos y abusivos, para los consumidores.

A la sesión asistieron afectados, acerca de los CDAs, aunque para aquellos interesados que no la pudieron seguir en streaming, pueden acceder a ella en diferido, a través del canal de YouTube de BBS ABOGADOS, en el siguiente enlace:

https://www.youtube.com/watch?v=Y8y5amws-J8&t=3s&ab_channel=BBSAbogados .

Los ponentes de la sesión, abordaron aspectos esenciales a tener en cuenta para la reclamación de los CDAs, como:

  •  Las posibles acciones judiciales que se pueden ejercer, para recuperar la inversión en CDA’S.
  • Prescripción y caducidad del plazo para reclamar a TRIODOS BANK.
  •  El funcionamiento y finalidades de la condena en costas (Honorarios de Abogados y procurador).

Además de resolver la diferentes dudas que suscitan a gran parte de los afectados.

¿Cuándo prescribe o caduca la acción judicial por los CDAs de TRIODOS BANK S.A.?

Para dar respuesta a esta pregunta debemos, tener en cuenta que para la reclamación judicial de CDA’s, el plazo de prescripción o caducidad puede ser diferente según la acciones judiciales que se ejercite en las demandas de CDA’s de TRIODOS BANK.

Desde BBS ABOGADOS, en las demandas para la reclamación judicial de inversiones de CDA’s, interponemos hasta tres tipos de acciones judiciales diferentes.

Cada una de ellas, tienen un plazo de caducidad o prescripción, que condiciona la fecha máxima de interposición de la demanda y un plazo para reclamar a TRIODOS BANK.

Antes de analizar cada una de las acciones, es necesario aclarar la diferencia entre caducidad y prescripción.

A.) En la caducidad el plazo NO puede ser interrumpido, y es apreciada de oficio por el Juzgado.

El plazo de caducidad es de 4 años, desde la consumación del contrato.

B.) En la prescripción el plazo puede ser interrumpido, `por lo tanto es plazo se suspende y se vuelve a iniciar el computo. Se puede suspender enviando un burofax, un telegrama, etc…

El plazo de prescripción es de 5 años, y 10 en Catalunya.

Acción judiciales

A.) Acción por error en el consentimiento. Esta es la acción mas común de todas y la más utilizada. Esta acción, a diferencia de las demás, permite recuperar los intereses legales que se haya generado desde la fechas de inversión hasta la fecha de sentencia. Esto supone una suma importante de dinero, entorno al 3% anualmente. La acción de error en el consentimiento tiene un plazo de caducidad de 4 años.

B.) Acción por indemnización de daños y perjuicios, y por incumplimiento del contrato. Estas dos acciones son perfectamente viables pero no permiten cobrar intereses desde la firma del contrato. El plazo de prescripción es de 5 años y 10 en Catalunya.

¿Cuando se inicia el computo del plazo para reclamar?

Existen diversos criterios y por tanto existen diversas fechas, a partir de las cuales los juzgados pueden interpretar que se debe iniciar el cómputo:

  • 18 de marzo de 2020. Suspensión temporal del mercado interno a causa del COVID.
  • 13 de octubre de 2020. Reanudación del mercado interno.
  • 5 de enero de 2021. Emisión del comunicado de TRIODOS BANK, suspende la compra de CDA’S.
  • 5 de julio de 2023. Fecha de Inicio del Sistema Multilateral de Negociación (SMN)
  • 21 de diciembre de 2023. Cierre definitivo del Mercado Interno (anuncio de devaluación de más del 30% del valor de los CDA’s.).

¿Hasta cuándo puedo reclamar mi inversión en CDAs?

En marzo de 2023, se podría producir la caducidad de la acción de error en el consentimiento, que como ya ha sido referenciada, es de 4 años. Pero, esto no es cierto, ya que en este rumor que ha provocado el miedo y angustia a muchos de los afectados, no se ha tenido en cuenta el periodo de 82 días naturales que se deben añadir, que a raíz Real Decreto Ley 16/2020, de 28 de abril, sobre las medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justica[1], suspendió los plazos procesales durante esos días, y que deben sumarse a la fecha final en la que en un principio caducarían o prescribían las acciones.

Por tanto a todos los plazo de las reclamaciones se ha de añadir los 82 dias naturales adicionales que concedió el Gobierno [1] mediante el RD Ley de 16/2020, de 28 de abril, de «medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia» (BOE https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4705 ).

Finalizaciones de los plazos según la fecha de inicio del apartado anterior:

  • 8 de junio de 2024 (18/03/2020) + 4 años +82 días naturales.
  • 3 de enero de 2025 (13/10/2020) + 4 años + 82 días naturales.
  • 28 de marzo de 2025 (05/02/2021) + 4 años + 82 días naturales.
  • 25 de septiembre de 2027 (05/07/2023) + 4 años + 82 días naturales.
  • 12 de marzo de 2028 (21/12/2023) + 4 años + 82 días naturales.

Plazo para reclamar a TRIODOS BANK.