La Directiva de la Unión Europa MIFID II, que entró en vigor en enero 2018, tiene el objetivo de garantizar la protección del inversor, teniendo en cuenta el entorno complejo y cambiante de los mercados financieros. Una de las nueves medidas que incluye es el test de idoneidad, que trata de determinar el perfil de riesgo del cliente para que las entidades puedan asesorarle según sus conocimientos y el riesgo que está dispuesto a asumir en sus inversiones. Pero ¿Qué es el Test de Idoneidad?
¿En qué consiste el test de idoneidad?
El test de idoneidad se trata de un test que determinará el perfil de riesgo del cliente para que la entidad pueda asesorarle según sus conocimientos y el riesgo que está dispuesto a asumir en sus inversiones. Su objetivo es asegurar que el producto se ajuste a las circunstancias y metas específicas del cliente, minimizando así el riesgo de que el cliente tome decisiones financieras inapropiadas.
¿Qué evalúa el Test de Idoneidad?
Conforme el art. 80 del RD 217/2008 en desarrollo del artículo 79 bis apartado 6 de la LMV, las entidades deben obtener de sus clientes la información necesaria para determinar razonablemente que las recomendaciones o decisiones de inversión cumplen los siguientes requisitos:
- Responden a los objetivos de inversión del cliente.
- Son de naturaleza tal que el cliente puede asumir, desde el punto de vista financiero,
cualquier riesgo de inversión que sea coherente con sus objetivos de inversión. - Son de naturaleza tal que el cliente cuente con los conocimientos y experiencia necesarios
para comprender los riesgos que implican.
Como es de ver, el test de idoneidad se enfoca en evaluar si un producto o servicio financiero es apropiado para las necesidades financieras, objetivos y situación personal de un cliente en particular.
En función de los resultados obtenidos en el test, se le atribuye al cliente un determinado perfil de riesgo, y la entidad utilizará este perfil como medida del grado de riesgo que está dispuesto a asumir cada cliente.
¿Cuándo hay que realizar Test de Idoneidad?
Este test debe realizarse siempre que la entidad bancaria realiza asesoramiento financiero y gestión de carteras, o recomendaciones personalizadas al cliente.
Por ejemplo, si la iniciativa parte del banco, no está haciendo solamente vendiendo o comercializando un producto, sino que está asesorando y haciendo una recomendación que requiere obligatoriamente del test de idoneidad.
¿Qué pasa si el banco incumple la obligación de realizar el Test de Idoneidad?
Que el banco incumpla la obligación de realizar el test de idoneidad, puede conllevar la nulidad de la contratación y que deba devolver el dinero invertido al cliente.
En este sentido, el Tribunal Supremo ha establecido la presunción de desconocimiento real del cliente del riesgo de la operación cuando la entidad incumple el deber de realizar el test de idoneidad, lo que puede determinar la nulidad de la contratación.
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