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Riesgos del tipo de cambio: Hipoteca Multidivisa

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Incremento del capital pendiente y aumento de cuotas de forma ilimitada.

A día de hoy existen muchos afectados por las Hipotecas Multidivisas, un producto complejo que se comercializó (sobretodo en 2008) como exclusivo y ventajoso, que ha resultado muy perjudicial para los consumidores. Por ello, en el artículo de hoy, les hablaremos del riesgo del tipo de cambio en la Hipoteca Multidivisa. Antes de todo, responderemos una serie de preguntas frecuentes.

¿Qué es una Hipoteca Multidivisa?

La Hipoteca multidivisa es aquella en la cual el capital prestado se acuerda en una divisa extranjera. A su vez, el consumidor puede ir cambiando de divisa durante la hipoteca, y así devolver el capital pendiente en otra moneda.

De este modo, las características de este tipo de producto son las siguientes:

  • El importe de la deuda financiada en el momento de formalización de la hipoteca se convierte automáticamente a la divisa elegida (libras, francos suizos o yenes generalmente), por el tipo de cambio a la fecha de firma.
  • La referencia de tipo de interés se referencia al libor de la moneda (en lugar de al Euribor) y se aplica un diferencial de tipo de interés como a las hipotecas contratadas en euros.
  • Cada mes pagas la cuota equivalente a la conversión correspondiente con la cotización actual de la divisa

¿Qué es el tipo de cambio?

El tipo de cambio es el precio de la moneda de un país (divisa) en términos de otra.

En otras palabras, el tipo de cambio implica conocer cuantos euros necesitaré para pagar x divisas (yenes o francos suizos, por ejemplo) con la que se suscribe el préstamo.

Asimismo, el tipo de cambio fluctúa, depende de distintas variables y de los diferentes mercados de divisas existentes. Por lo tanto, se trata de una información de la que difícilmente el consumidor puede extraer conclusiones sobre sus previsiones.

De hecho, el banco tiene la obligación de informar al cliente sobre los riesgos de fluctuación del tipo de cambio en la hipoteca multidivisa, pues así lo establece la Orden de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios, vigente en el momento en que se suscribieron la mayoría de hipotecas multidivisas. Sin embargo, en múltiples sentencias ya se ha reconocido que los bancos han incumplido esta obligación de información.

Riesgos del tipo de cambio.

A) Aumento del capital pendiente.

En función de cómo esté el tipo de cambio, si es favorable o no, el capital pendiente en el contravalor en euros puede aumentar. Además, puede aumentar de forma ilimitada.

Esto implica un gran riesgo para el cliente, pues su responsabilidad hipotecaria es en euros y no en la otra divisa. Esto es así porque en estas hipotecas se introduce una cláusula que lo establece de esta forma, y porque la finca está radicada en España y el cliente suele tener la nomina en euros.

B) Incremento de las cuotas.

Cuando hay diferencias en el tipo de cambio las cuotas pueden aumentar de forma ilimitada.

Si esto no se explica correctamente al cliente, esta circunstancia puede provocar un sobreendeudamiento y que el cliente tenga que pagar una cuota que no puede asumir.

Irregularidades de las entidades financieras respecto el tipo de cambio

A) El banco es quién decide el tipo de cambio que se aplica.

En la mayoría de hipotecas multidvisas el cliente nunca puede decidir el tipo de cambio que se aplica. Es la entidad financiera quien tiene la información y quién decidirá cual aplicará entre los distintos tipos de cambio. De hecho, existe una orden ministerial que establece que los bancos pueden fijar el tipo de cambio.

B) El cliente cambia de divisa sin saber qué tipo de cambio se le aplicará.

Otra irregularidad es que si un cliente decide cambiar de divisa, lo hará sin conocer qué tipo de cambio se le aplicará. Esto es así porque, cuando el cliente decida cambiar de divisa, el banco publicará el tipo de cambio solo dos días antes de que el cambio de divisa se haga efectivo.

BBS Abogados, despacho pionero en Hipoteca Multidivisa.

En definitiva, lo que es evidente es que si los consumidores hubieran conocido todos los riesgos del tipo de cambio de una hipoteca multidivisa, nunca la hubiesen suscrito.

En BBS Abogados somos expertos en Hipoteca Multidivisa, y nos avalan múltiples sentencias estimatorias. Por ello, si usted es un afectado y quiere recibir asesoramiento especializado, no dude en contactar con nosotros a través del formulario web, escribiendo a bbsabogados@bbsabogados.com o llamando al 93 760 53 77.