Es posible reclamar las pérdidas de un fondo de inversión, por las irregularidades en las que suelen incurrir las entidades financieras en su contratación.
Muchos de los clientes que acuden a nuestro despacho se preguntan si pueden reclamar las pérdidas de un fondo de inversión. Por ello, hoy les hablaremos de la viabilidad de interponer demanda en estos casos.
Nivel de riesgo del fondo de inversión
Uno de los elementos a tener en cuenta si queremos reclamar las pérdidas del fondo de inversión es el nivel de riesgo del mismo.
La CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) establece unos niveles de riesgo para los fondos de inversión. Estos niveles van del 1 al 7, siendo 1 el nivel con menos riesgo y menor potencial de rentabilidad y 7 el nivel de más riesgo y mayor potencial de rentabilidad.
Así, como más elevado sea el nivel de riesgo, más opciones hay de poder recuperar el dinero perdido. Sin embargo, hay otros elementos a tener en cuenta.
Perfil del cliente
El perfil del cliente también es otro factor a tener en cuenta a la hora de valorar la viabilidad de la reclamación.
Un cliente con un perfil conservador tiene muchas posibilidad de recuperar su dinero si reclama judicialmente.
Cuando hablamos de un perfil conservador nos referimos aquél cliente que busca la «perseveración» de su capital. A éstos históricamente les han encajado perfectamente las cuentas corrientes remuneradas y los depósitos a plazo fijo.
Test de conveniencia e idoneidad
Cuando se contrata un fondo, la entidad debe ofrecer al cliente los productos que considere adecuados para su perfil.
A) Test de conveniencia
La entidad le debe pedir al cliente información sobre sus conocimientos y experiencia financieros, con tal de asegurarse de que comprende la naturaleza y riesgos de ese producto.
De este modo, las preguntas de la entidad versarán sobre:
- Los tipos de operaciones e instrumentos financieros con los que el cliente está familiarizado.
- La naturaleza, la frecuencia, el volumen y el periodo en el que haya operado previamente.
- Si el cliente tiene alguna titulación académica o si ha hecho cursos de formación sobre el funcionamiento de los mercados financiero.
Hay que decir que las entidades financieras muchas veces incurren en irregularidades a la hora de realizar este test, con la finalidad de ajustar las respuestas para que el cliente pueda invertir.
B) Test de idoneidad
Con realizar el test de idoneidad no es suficiente. Por ello, las entidades también están obligadas a realizar un test de idoneidad.
Se trata de una serie de preguntas que debe formular la entidad encaminadas a evaluar lo siguiente:
- Objetivos de inversión del cliente
- Situación financiera del cliente
- Conocimientos y experiencia en los mercados financieros del cliente.
En función de los resultados obtenidos en el test, se le atribuye al cliente un determinado perfil de riesgo. Y en consecuencia, la entidad debería proponer productos al cliente respetando dicho perfil.
Como ya les hemos adelantado, es posible que se haya incurrido en irregularidades para hacer estos test y que las entidades hayan propuesto productos demasiado arriesgados a los clientes.
De hecho, la CNMV lo ha detectado irregularidades en los test de idoneidad múltiples veces. Por consiguiente, el resultado de estos test normalmente no suponen ningún obstáculo a la hora de demandar.
Conflicto de intereses con el banco
Además, en estos casos también podemos decir que existen conflictos de interés entre el banco y los clientes, pues las entidades cobran comisiones por la contratación de estos productos. Es decir, existe un claro interés por parte de la entidad en que el cliente contrate el fondo de inversión.
BBS Abogados, expertos en fondos de inversión
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