BBS Abogados | Rambla Catalunya 79 2º 2ª – 08007 Barcelona |  Tel. 937 605 377 |

CATEGORÍAS
Tribunal Supremo. BBS Abogados.
Fetch Tweets: Could not authenticate you. Code: 32

Nulidad de un Swap suscrito por un Ayuntamiento.

Comparte el artículo

BBVA desiste del procedimiento y el Tribunal Supremo le condena al pago de las costas procesales.

Desde BBS Abogados, llevamos muchos años defendiendo los intereses los afectados a quienes endosaron una Permuta Financiera de Tipos de Interés (SWAP). Algunos de ustedes puede que recuerden el caso en que defendimos la nulidad de un swap sucrito con un Ayuntamiento. En efecto, la condición de Entidad Local dada a nuestro cliente, le confería especial complejidad al asunto, además de la elevada cuantía del procedimiento: más de 100.000 Euros.

Pues bien, después de ganar este asunto y de por tanto conseguir la nulidad del swap del Ayuntamiento tanto en primera como en segunda instancia, recientemente nos ha sido notificado que el BBVA (anteriormente Catalunya Caixa) ha desistido del recurso de casación y ha sido condenada en costas.

Es decir, contra la sentencia estimatoria que obtuvimos en segunda instancia, BBVA presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Sin embargo, el banco ha desistido del recurso, por lo que el alto tribunal le ha condenado al pago de las costas.

Desde BBS Abogados estamos muy satisfechos de que, después de más de 5 años luchando en este procedimiento, por fin ha finalizado en beneficio de nuestro cliente.

Repasemos como fue este asunto:

Sentencia del Juzgado de Primera instancia nº 11 de Barcelona, que estimó nuestra demanda.

El Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Barcelona dictó sentencia nº 151/2015, de fecha 25 de septiembre. En virtud de esta resolución, se estima totalmente nuestra demanda, declarando la nulidad del Contrato suscrito por el Ayuntamiento, con la restitución por parte de la entidad de todas las prestaciones, y con condena en costas procesales a la entidad.

Noticia de la Vanguardia sobre la sentencia.

Sentencia favorable de la Audiencia Provincial de Barcelona: no estima el recurso de BBVA.

Contra la sentencia de primera instancia, BBVA presentó recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona.

No obstante, la Audiencia no estimó el recurso, y confirmó la sentencia que ganamos en primera instancia.

En particular, se trata de la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 17ª, de fecha 27 de marzo de 2018. Esta resolución declara de nuevo la nulidad del producto suscrito por el Ayuntamiento, con expresa condena al banco al pago de las costas, tanto de primera como de segunda instancia. 

Decreto del Tribunal Supremo, de 26 de noviembre de 2020.

La entidad demandada, de nuevo, presentó recurso contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona, ante el Tribunal Supremo.

Sin embargo, finalmente, hemos tenido la satisfacción de que BBVA ha desistido del recurso y ha sido condenada en costas por el Supremo.

Este desistimiento no ha sido fruto de  ningún tipo de negociación, la entidad lo ha realizado unilateralmente, al ser totalmente consciente de que el recurso de casación no prosperaría.

Desde BBS Abogados estamos muy satisfechos con esta victoria, dado el flagrante caso particular, en que el Ayuntamiento había llegado a pagar un importe de más de 100.000 Euros, por lo que se suponía era una “cobertura” muy beneficiosa, cuando en realidad se trataba de un producto derivado financiero, catalogado como complejo por la propia legislación.

Tribunal Supremo. BBS Abogados.