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Plazo para reclamar una cláusula suelo

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El plazo para reclamar una cláusula suelo dependerá de cómo se haya planteado la demanda.

Una de las preguntas que con más frecuencia surgen entre los afectados es cuál es el plazo para reclamar una cláusula suelo judicialmente.

Antes de todo, debemos advertir que para recuperar el dinero pagado en virtud de la cláusula suelo, debe declararse judicialmente la nulidad de dicha cláusula. En particular, si se declara la nulidad de la cláusula, ésta se eliminará del préstamo y, en consecuencia, se condenará al banco devolver lo pagado en exceso. Es decir, se obligará a la entidad financiera a abonar todo el dinero pagado de más por el consumidor desde el principio del préstamo. El TJUE estableció esta retroactividad en su sentencia de 21 de diciembre de 2016, corrigiendo el anterior criterio del Tribunal Supremo, según el cual el banco solo estaba obligado a devolver las cantidades posteriores a Mayo de 2013.

Plazo para reclamar la nulidad de una cláusula suelo.

Siempre que la demanda de nulidad se fundamente en que la cláusula suelo es una condición general de la contratación de carácter abusivo, no existirá plazo para su ejercicio. En concreto, los artículos 8, 9 y 10 de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación contemplan que, en relación con el artículo 83 de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios, la cláusula suelo es radicalmente nula, por lo que la acción de nulidad de la misma imprescriptible.

Por el contrario, sí que existirá plazo para reclamar la cláusula suelo si la demanda se fundamenta en un «error o vicio del consentimiento». En consonancia con el artículo 1301 del Código civil, el plazo para reclamar la nulidad de la cláusula suelo será de 4 años. Dicho plazo se contará desde que hayan terminado los efectos de la hipoteca, y no desde que se firmó como alegan normalmente los bancos.

Por ello, siempre hemos considerado que la opción adecuada es fundamentar la demanda en la Ley de Condiciones Generales de la Contratación. En este caso, por muchos años que hayan pasado desde que se firmó el préstamo, el juzgado no apreciará la caducidad de la acción.

Desde BBS Abogados le ofrecemos un asesoramiento integral para conseguir eliminar la cláusula suelo y recuperar su dinero, sea un particular o una empresa. Puede contactar con nosotros escribiéndonos a bbsabogados@bbsabogados.com o llamando al 93 760 53 77.

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