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¿Qué pasa si el Heredero muere sin aceptar la herencia?

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El derecho a aceptar o repudiar la Herencia se transmite a sus herederos.

Muchas veces el heredero fallece sin haber aceptado o repudiado la herencia. Es entonces cuando nos podemos preguntar qué pasa si el heredero muere antes de aceptar la herencia. Como detallaremos en este artículo, podrán aceptar la herencia los herederos de quien ha fallecido sin aceptar la herencia. En estos casos se tramitan dos herencias, que se puede hacer en un mismo acto.

Transmisión del derecho a aceptar o repudiar la Herencia.

El derecho a aceptar o repudiar la herencia se denomina «iuris delationis«. Este derecho no puede ser objeto de actos dispositivos por su titular (art. 461-5 CCCat), es decir, no se puede vender o donar. Tampoco se puede disponer por testamento.

Sin embargo, el «iuris delationis» es transmisible por causa de muerte. Esto significa que,  si el heredero muere sin aceptar la herencia, este derecho de aceptar o repudiar la herencia se transmite siempre a sus herederos (art. 461-13.3 CCCat).

¿Cómo funciona el derecho de transmisión en una Herencia?

Para que los herederos de quien haya muerto sin aceptar una herencia puedan aceptar la primera herencia, es necesario que acepten también la segunda herencia.

Ejemplo:

Juan fallece, habiendo designado como heredera a Julia. Si Julia fallece sin haber aceptado ni repudiado la herencia de Juan, el heredero de Julia (Marcos), podrá aceptar la herencia de Juan, siempre y cuando acepte la de Julia.

Es decir, Marcos no puede aceptar la herencia de Juan sin aceptar la de Julia. Pero sí que puede aceptar la de Julia y no la de Juan.

Si hay diversos herederos que aceptan la herencia del transmitente, cada uno de ellos puede aceptar o repudiar la primera herencia, y con el derecho preferente de acrecer entre ellos.

Si todos aceptan la herencia del causante, reciben en la misma proporción que la herencia del transmitente.

¿Si muere el heredero sin aceptar la Herencia se aplica la sustitución vulgar?

Dependerá de lo que diga el testamento para este supuesto.

Si el testamento nada dice al respecto, la opinión mayoritaria sostiene que no debe actuar la sustitución vulgar. Tiene preferencia el derecho de transmisión a los herederos de quien muere sin aceptar la herencia.

¿Qué plazo hay para aceptar la herencia?

El derecho del llamado a aceptar o repudiar la herencia no está sujeto a plazo (art. 461-12 CCCat).

Sin embargo, para fallecimientos anteriores al 20 de mayo de 2015, rige el plazo que establecía antes la normativa, y que era de 30 años.

También hay que tener en cuenta que, a nivel fiscal, es conveniente aceptar la herencia en el plazo máximo de 6 meses desde el fallecimiento del causante, pues este es el plazo para la liquidación tanto del Impuesto de Sucesiones como de la Plusvalía Municipal.

En definitiva, sobre la pregunta que nos preguntamos al inicio, consiste en qué pasa si el heredero muere sin aceptar la herencia, la respuesta es que podrán aceptar la herencia los herederos de quien ha fallecido sin aceptar la herencia. Para poder aceptar la primera herencia, será un requisito indispensable que acepten la segunda.

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En BBS Abogados disponemos de un equipo especializado que se encarga de gestionar y asesorar en materia de Herencias. Conocemos las legislaciones y normas que se aplican, dependiendo tanto del lugar de residencia o fallecimiento de la persona, como también del lugar donde el fallecido tenía bienes. No dude en contactar con nosotros llamando al 93.760.53.77 o escribiendo a bbsabogados@bbsabogados.com.

Qué pasa si el Heredero muere sin aceptar la herencia