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Recurrir una multa por saltarse el confinamiento

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La Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Decreto de Estado de Alarma abre la puerta a recurrir las multas.

A raíz de la Sentencia 72/2021 de 14 de julio el Tribunal Constitucional, que declara la inconstitucionalidad del confinamiento impuesto a través del RD 463/2020 de 14 de marzo, muchos afectados se han planteado la posibilidad de recurrir las respectivas multas. Por ello, hoy les hablaremos sobre el alcance de la Sentencia del TC y de las distintas vías para recurrir una multa por saltarse el confinamiento.

¿Qué multas se pueden recurrir en base a la Sentencia del TC?

Las multas que se pueden recurrir son las que se basan en los apartados 1, 3 y 5 del artículo 7 del citado RD 463/2020. En otras palabras, las multas por saltarse el confinamiento o circular sin causa justificada.

Por tanto, no quedarían comprendidas otras multas como, por ejemplo, las de no llevar mascarilla.

¿Puedo recurrir la multa si ya la he pagado?

La Sentencia del TC también tiene efectos sobre las actuaciones administrativas firmes basadas en el incumplimiento del art. 7 del citado Real Decreto.

Es decir, en principio, se pueden revisar las multas firmes, sin límite de tiempo y con independencia de que se hayan pagado.

La razón es que la citada Sentencia reza expresamente que las resoluciones administrativas firmes amparadas en el art. 7 también son recurribles.

¿Qué vías tengo para recurrir una resolución administrativa firme?

Desde nuestro punto de vista, la vía más acertada será la revisión de oficio (art. 106 Ley 39/2015). Este procedimiento puede iniciarse de oficio o bien a instancia del interesado.

¿Y si presenté recurso contencioso administrativo y tengo una sentencia firme?

En este caso, la sentencia será igualmente revisable en base al art. 40.1 de la LOTC. Este precepto contempla la revisión de los procesos penales o administrativos sancionadores que, como consecuencia de la nulidad de la norma aplicada, resulte la reducción o exclusión de la pena o sanción im`puesta. De hecho, la Sentencia del TC lo prevé expresamente.

Asimismo, las vías para revisar la sentencia serían  el incidente de nulidad de actuaciones  (art. 238 y ss. de la LOPJ) y el recurso de revisión (art. 102 de la LJCA).

BBS Abogados: recurrimos en vía administrativa y judicial.

Si se está planteando recurrir una multa por saltarse el confinamiento no dude en contactar con BBS Abogados para recibir asesoramiento especializado.  Puede contactar con nosotros rellenando el formulario de contacto o escribiéndonos a bbsabogados@bbsabogados.com o llamando al teléfono 93 760 53 77 | 619 255 875.