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¿Se pueden cancelar todo tipo de deudas con la Ley de Segunda Oportunidad?

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El origen de las deudas no es determinante de que se conceda o no la Segunda Oportunidad.

Como ya hemos adelantado en artículos anteriores, la Ley de la Segunda Oportunidad tiene como objetivo permitir que una persona física o un autónomo, tras un fracaso económico, pueda acabar con su insolvencia y empezar de cero, sin arrastrar deudas de forma indefinida que difícilmente podrá satisfacer a lo largo de su vida. En estos casos, los clientes que acuden a nuestro despacho suele preguntarnos si se pueden cancelar todo tipo de deudas con la Ley de Segunda Oportunidad.

Y la respuesta es que sí. Siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la Ley, pueden exonerarse todas la deudas con independencia de su origen.

Caso de una persona ludópata con múltiples préstamos y créditos.

El ejemplo es un asunto que hemos llevado en el despacho. Se trata de un cliente que fruto de una enfermedad psicológica (ludopatía) se endeudó. El cliente contrató préstamos y créditos diversos hasta un punto que ya no podía asumir la deuda. Realmente se trata de un caso extremo.

Pues bien, recientemente no han notificado el Auto que concede la Segunda Oportunidad a nuestro cliente. Se trata del Auto de 20 de agosto de 2021 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de L’Hospitalet de Llobregat.

Así, el juez, después de analizar que se cumplen los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, concede el Beneficio de Exoneración de Pasivo Insatisfecho (BEPI) a nuestro representado. Por tanto, se pueden cancelar todo tipo de deudas con la Ley de Segunda Oportunidad, con independencia de su origen.

 Tipos de deudas más comunes que se cancelan con la Ley de Segunda Oportunidad.

 Los tipos de deudas más comunes que han registrado tanto particulares como autónomos en sus consultas sobre Ley de Segunda Oportunidad son las siguientes:

  • Préstamos Personales:
  • Créditos rápidos o microcréditos: 
  • Deudas con Hacienda y Seguridad Social: El pasado 2 de julio de 2019, el Tribunal Supremo dictó una sentencia pionera según la cual los créditos públicos debían ser incluidos en la Ley de la Segunda Oportunidad.
  • Deudas Hipotecarias: En este caso, se podría exonerar la parte que no quede cubierta con la entrega del inmueble. Es decir, si no se obtiene suficiente dinero para saldar la hipoteca una vez entregada la vivienda, no se deberá la cantidad restante. De esta manera, se cancelaria el 100% de la deuda aplicando una dación en pago de facto.

BBS Abogados, despacho especializado en Ley de Segunda Oportunidad

Desde BBS Abogados le asesoramos y acompañamos durante todo el procedimiento, para que usted tenga la seguridad y la tranquilidad de estar en las mejores manos posibles. No dude en contactar con nosotros rellenando el formulario de contacto o escribiéndonos a bbsabogados@bbsabogados.com o llamando al teléfono 93 760 53 77 | 619 255 875.

Puede encontrar más información sobre la Ley de Segunda Oportunidad en nuestra página web especializada: Afectados Segunda Oportunidad.