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“Somos el primer despacho en conseguir la primera Sentencia sobre IRPH en Catalunya (2015)"

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BBS Abogados, especializados en Cláusula IRPH

BBS Abogados especializados en IRPH. 
Atendemos todas sus consultas y le ofrecemos un asesoramiento integral e individualizado para conseguir eliminar la cláusula IRPH y recuperar todo su dinero.
Asimismo, también nos encargamos de asesorarle en caso de que la cláusula IRPH venga incorporada con otras cláusulas (cláusula suelo, interés de demora, comisiones indebidas, gastos de hipoteca, etc.).

“BBS Abogados consiguió la primera Sentencia en Cataluña declarando la nulidad de una cláusula IRPH, en fecha 16-03-2015, y una de las primeras en España.”

Desde BBS Abogados, Despacho especializado en Derecho Bancario y financiero, con más de 25 años de experiencia en el sector, llevamos muchos años defendiendo los intereses de los consumidores afectados por el IRPH, siendo el primer despacho en Catalunya en obtener una sentencia declarando la nulidad de una cláusula IRPH, ante el Juzgado Mercantil nº 7 de Barcelona, en fecha 16 de marzo de 2015, y uno de los primeros en España.

¿Qué es el IRPH?

El IRPH son las siglas del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, es decir es uno de los indicadores que utilizan las diferentes entidades financieras para actualizar el tipo de interés de las hipotecas a tipo variable de sus clientes. Así como muchas hipotecas están referenciadas al Euribor, otras están referenciadas al IRPH, el cual ha resultado ser mucho más caro y perjudicial para el consumidor.

El IRPH puede presentarse en cuatro modalidades, IRPH Cajas, IRPH Bancos, IRPH Ceca e IRPH Entidades. Sin embargo, desde el 27 de septiembre de 2013, el único índice IRPH vigente es el Entidades, siendo que las otras tres modalidades desaparecieron con la entrada en vigor de la ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

A raíz de esta ley, en todos aquellos préstamos referenciados a uno de los índices desaparecidos, se les aplica los índices sustitutivos previstos en el préstamo, siendo que en la mayoría se establece un IRPH FIJO que se corresponde con el último valor aplicado en la última revisión.

«Un índice fácilmente manipulable y poco transparente»

Son muchos los conflictos que se han generado en torno al IRPH, y son muchos los Juzgados y Audiencias que han considerado que el IRPH es un tipo de interés que puede ser manipulable, abusivo y que habría producido pérdidas de miles de euros en los consumidores y por ello lo han declarado nulo.

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de marzo de 2020

Para dilucidar las contradicciones judiciales, se presentó ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión prejudicial para valorar, entre otras cosas, la validez del IRPH. De este modo, en fecha 3 de marzo del 2020, el TJUE dictó su sentencia. 

Claves de la Sentencia del TJUE de 3 de marzo:

1) La cláusula IRPH no queda exenta del control de transparencia. Por ello, los jueces españoles deberán comprobar que la cláusula IRPH sea clara y comprensible.

2) Para considerar que un consumidor ha sido debidamente informado sobre las consecuencias económicas de ligar su hipoteca al IRPH, el banco deberá demostrar:

  • La información ofrecida al consumidor sobre la evolución pasada de tal índice (con gráficos y tablas).
  • La explicación al consumidor de su fórmula de cálculo.
  • Que se aseguró de que el cliente era consciente de las consecuencias económicas que el índice le iba a reportar.
 

        La mayoría de las entidades bancarias NO podrán demostrarlo.


3) En relación con las consecuencias de la nulidad de la cláusula IRPH.

  • El TJUE aclara que la nulidad de una cláusula conlleva su expulsión del contrato, y eso significa que, si la cláusula IRPH no supera el control de transparencia, el préstamo quedara sin interés.
  • El Tribunal de Luxemburgo también ha declarado que la legislación europea no se opone a que se sustituya el IRPH por otro índice legal (como el Euribor), SIEMPRE QUE:
    1. El contrato no pueda subsistir sin interés (no sería el caso porque un préstamo puede ser gratuito)
    2. Además, que la nulidad del contrato sea perjudicial para el consumidor (es decir, que si el contrato se declara nulo y el cliente se ve con la obligación de devolver todo el préstamo de golpe y esto es perjudicial para él, el juez podría aplicar otro índice.)

Segunda Cuestión Prejudicial ante el TJUE

Aunque nuestra posición es que la Sentencia del TJUE de 3 de marzo de 2020 es clara, el IRPH sigue sin ser una cuestión pacífica en la jurisprudencia. A pesar de que la mayoría de los juzgados están dando la razón al consumidor por considerar que la cláusula IRPH se incorporó a la hipoteca de forma poco transparente, hay ciertas Audiencias Provinciales que, en contra del criterio del TJUE, están fallando a favor del banco. Esta es una cuestión muy grave ya que las resoluciones del TJUE son VINCULANTES y por tanto los jueces españoles están obligados a seguirlas.

Por ello, el mismo juez que elevó la primera cuestión prejudicial ha vuelto a preguntar al TJUE sobre el alcance del control de transparencia del IRPH. Desde BBS Abogados, estamos pendientes de las últimas novedades al respecto y os mantendremos informados a través de nuestros canales de comunicación habituales y del blog especializado en IRPH.

¿Cómo puedo saber si mi hipoteca está referenciada al IRPH?

Una duda muy frecuente de los clientes que acuden a nuestro despacho es si su hipoteca está referenciada al IRPH. No es una pregunta extraña, ya que lo cierto es que no es sencillo identificar el índice IRPH en un préstamo hipotecario. Sin embargo, existen algunos trucos que pueden facilitar su identificación:

  1. Cláusula 3 bis de la hipoteca: en las escrituras de préstamo hipotecario, la Cláusula 3 bis suele ser la relativa al interés variable y, por tanto, donde debe constar el índice de referencia que se aplica a la hipoteca. Le advertimos de antemano que no verá en ninguna parte las siglas “IRPH”, sino que lo que encontrará es un redactado que dirá algo así: “tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda libre, concedido por el conjunto de cajas de ahorro (o bancos, según el caso)”
  2. Los recibos de la hipoteca: revise los últimos recibos de su hipoteca y compruebe si el interés que le están aplicando es superior al último valor del Euribor más el diferencial pactado. Si su interés es superior al 3%, seguramente su hipoteca esté referenciada al IRPH, o tenga una cláusula suelo

Pasos para reclamar una Cláusula IRPH

  • En primer lugar, concertamos una primera visita con el cliente para revisar la documentación y así poder evaluar su caso. Es muy importante que en esta primera reunión traigan la escritura de préstamo hipotecario (no la de compraventa) y, en la medida de lo posible, el cuadro de amortización y de intereses. Si no sabe cómo conseguirlo, puede ponerse en contacto con nosotros y le explicaremos cómo.
  • También es muy importante realizar un cálculo económico del perjuicio derivado de la cláusula IRPH, no solo para que el cliente conozca el menoscabo sufrido, sino porque será necesario aportarlo con la demanda. En BBS Abogados, llevamos años colaborando con una experta en economía matemática que se encarga de elaborarlo.
  • Asimismo, aconsejamos realizar una reclamación extrajudicial a la entidad bancaria, para poder llegar a un acuerdo que beneficie a nuestro cliente y así se ahorre acudir a los tribunales.
  • Si la reclamación extrajudicial no prospera, iniciamos un procedimiento judicial, es decir, interponemos una demanda contra el banco para conseguir que se declare la nulidad de la cláusula IRPH y que se devuelvan al cliente las cantidades pagadas de más desde la suscripción del préstamo, los intereses legales y las costas procesales.

Puede contactar con nosotros escribiéndonos a bbsabogados@bbsabogados.com o llamando al 93 760 53 77 o enviando un WhatsApp .

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