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El Tribunal Supremo decide sobre el IRPH: nueva fecha

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El Tribunal Supremo se pronunciará el próximo 21 de octubre sobre el IRPH y sobre los acuerdos respecto cláusulas suelo.

Como ya les contamos en artículos anteriores, el pasado 30 de septiembre estaba previsto que el Tribunal Supremo se pronunciara sobre el IRPH. No obstante, el pleno del Alto Tribunal fue suspendido, al encontrarse el magistrado presidente en cuarentena por haber tenido contacto directo con un contacto positivo por COVID-19.

Ayer se conoció la nueva fecha para que el Supremo decida sobre el IRPH: el próximo 21 de octubre. De este modo, los magistrados se reunirán el próximo miércoles para abordar cinco recursos admitidos a trámite, a partir de los cuales quedará condicionada la admisibilidad de los siguientes casos.

Solución al IRPH después de la sentencia del TJUE de 3 de marzo del 2020.

La Justicia europea dictó el pasado 3 de marzo la famosa sentencia sobre IRPH. En virtud de esta resolución, la cláusula IRPH está sujeta al control de transparencia, de manera que los jueces españoles deberán controlar que las hipotecas con IRPH se comercializaron de forma clara y comprensible. A su vez, la sentencia también dan algunas pistas sobre como realizar dicho control.

En particular, el TJUE declaró que, para considerar que un consumidor ha sido debidamente informado sobre las consecuencias económicas de ligar su hipoteca al IRPH, el banco debe demostrar:

  • Que informó al consumidor sobre la evolución pasada de tal índice (con gráficos y tablas).
  • Que explicó al consumidor su fórmula de cálculo.
  • Que se aseguró de que el cliente era consciente de las consecuencias económicas que el índice le iba a reportar.

La mayoría de las entidades bancarias NO podrán demostrarlo.

Después de la resolución europea, en España se han dictado sentencias en todos los sentidos posibles:

  • Sentencias que sustituyen el IRPH por el Euribor
  • Sentencias que sustituyen el IRPH por IRPH Entidades
  • Sentencias que anulan el IRPH y dejan la hipoteca GRATUITA, sin intereses.
  • Sentencias que validan el IRPH.

Por tanto, ahora el Tribunal Supremo deberá decidir sobre el IRPH para que la jurisprudencia empiece a seguir el mismo camino.

Acuerdos transaccionales sobre cláusulas suelo.

Por otro lado, en mismo Pleno se tratará el asunto de los acuerdos transaccionales entre cliente y banco sobre cláusulas suelo.

Desde que el Tribunal Supremo estableció en 2013 la nulidad de las cláusulas suelo, la mayoría de los bancos renegociaron las cláusulas suelo para esquivar la decisión del Tribunal. No obstante, en la gran mayoría de los casos no se explicaron las consecuencias de estos pactos. Por eso desde BBS Abogados siempre hemos defendido que estos acuerdos son nulos de pleno derecho.

Con dichos acuerdos, el banco eliminaba o rebajaba la cláusula suelo, pero no le devolvía el dinero pagado de más en virtud de esta cláusula. A su vez, el acuerdo de rebaja conllevaba la renuncia del consumidor a interponer acciones judiciales posteriores.

Así las cosas, el pasado 9 de julio el TJUE dictó sentencia pronunciándose sobre estos acuerdos transaccionales. En particular, el tribunal dictaminó que los acuerdos sobre cláusulas suelo son nulos si el banco no informó correctamente al hipotecado. Por ello, para que un acuerdo de rebaja sea legal, el consentimiento del consumidor debe ser libre e informado.

Ahora, el Tribunal Supremo deberá emitir su decisión sobre este tipo de acuerdos, en consonancia con la doctrina del TJUE.

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